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LEGISLACIÓN

El Código Penal fija dos años de cárcel por fraude comercial en el acceso a la televisión de pago

La ley castiga la manipulación de los móviles. Ya no es necesaria denuncia previa para perseguir la pirateria

La posesión de una tarjeta pirata para ver la televisión de pago será castigada en el nuevo Código Penal con una multa, una pena de trabajo en beneficio de la comunidad o de localización permanente en su domicilio durante un espacio de tiempo (nunca mayor de 12 días). Y a los que cometan fraude, con fines comerciales, con sistemas pirateados de televisión privada, pueden pasar hasta dos años en prisión. Tampoco será necesaria la denuncia previa de la víctima para la persecución de los delitos contra la propiedad intelectual; por ejemplo en el caso de la piratería de CD. Éstas son algunas de las medidas que establece la reforma del actual Código Penal.

El anteproyecto de ley, aprobado en el Consejo de Ministros del 17 de enero, regula el fraude a través de decodificadores y otros equipos y fija penas de prisión, más una sanción económica a los que "faciliten o suministren, sin consentimiento y con fines comerciales, el acceso condicional a radios y televisiones de pago o a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica, mediante distintos procedimientos".

Más información
CÓDIGO PENAL:
AEPOC:

Aunque es difícil evaluar las pérdidas generadas por la piratería en las televisiones de pago, la Asociación Europea para la Protección de Obras Encriptadas (AEPOC) calcula que los europeos gastan 1.000 millones de euros cada año en comprar tarjetas piratas o conseguir decodificadores manipulados. En España, Sogecable renovó más de un millón de tarjetas de acceso a Canal Satélite Digital el pasado mes de mayo. La misma medida que adoptó la televisión italiana Stream-Telepiú, para eliminar el fraude. Por otro lado, el grupo francés Canal Plus denunció a una empresa del magnate de la comunicación Rupert Murdoch por sabotaje tecnológico de las tarjetas inteligentes que utilizan sus decodificadores.

En contra de lo anunciado, el robo de teléfonos móviles no está considerado como delito específico en el nuevo Código Penal, que sí castiga su manipulación con una pena de hasta dos años de cárcel: "La alteración de los números identificativos de equipos de telecomunicaciones o su duplicación para su funcionamiento en una red (caso de los teléfonos móviles), sin consentimiento y con ánimo de lucro".

También establece que quien facilite el acceso o haga público (por ejemplo en Internet) el método para acceder a los servicios de telecomunicaciones, aunque no haya ánimo de lucro, podrá ser castigado con una multa "de seis a 24 meses", es decir: sanción económica, trabajos a la comunidad o localización permanente en el domicilio. Esta última medida sustituye al arresto de fin de semana "cuya aplicación práctica no ha sido satisfactoria" en la reforma del Código Penal preparada por el Gobierno.

La normativa también configura como delito la "estafa mediante medios informáticos". Se condenará a quien facilite los medios: "la fabricación, introducción, posesión o facilitación de programas de ordenador específicamente destinados a la comisión de estafas y se castiga con la pena señalada para la estafa de que se trate".

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