El Constitucional avala la retirada administrativa del carné de conducir
El máximo intérprete de la Constitución señala que la posibilidad de retirada del carné de conducir se encuentra legalmente delimitada, ya que "sólo puede ser impuesta en relación con las infracciones graves y muy graves, pero no con respecto a las infracciones leves, siendo el plazo máximo de duración de la sanción de tres meses".
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