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Una agresión, castigada con la pena mínima por el tiempo transcurrido

La Audiencia de Barcelona ha condenado a la 'pena mínima' al portero de una discoteca de Cornellà de Llobregat que agredió en octubre de 1995 a un compañero de trabajo al que le partió los dientes de un puñetazo. El tribunal le ha condenado a tres años de cárcel y ha propuesto que el abogado defensor pida el indulto porque ha pasado demasiado tiempo desde que se produjeron los hechos.

La Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona ha condenado al procesado, Alberto V. B., de 41 años, a tres años de cárcel por un delito de lesiones y a pagar una indemnización de 600.000 pesetas a la víctima, que como consecuencia de la agresión perdió diferentes piezas dentarias.

El fallo señala que durante la tramitación del procedimiento judicial se produjeron retrasos y suspensiones de otras convocatorias de juicios. Esas circunstancias 'han determinado que se hayan juzgado los hechos al cabo de más de cinco años, lo que distorsiona y desmerece la función de prevención especial que toda pena ha de cumplir'.

El tribunal afirma: 'La duración del procedimiento penal no debería sobrepasar, en todas las instancias, un plazo superior a los cinco años, salvo casos excepcionales'.

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