_
_
_
_
_

El Consell ultima la ley del minifundismo casi dos años después de anunciar su elaboración

Agricultura prepara un texto que aúna la normativa existente y le da marco autonómico

La Consejería de Agricultura remitirá a las Cortes antes de diciembre el anteproyecto de ley sobre ordenación del suelo agrario y modernización de las estructuras agrarias, más conocida como ley del minifundismo. El anteproyecto fue anunciado por la responsable del departamento, María Ángeles Ramón-Llin en enero del año pasado y su intención era que se aprobara a finales de 2000. El texto, que entrará en las Cortes con retraso, aúna la legislación existente hasta el momento y le da un marco autonómico, según las distintas fuentes consultadas.

Agricultura quiere remitir el texto a las Cortes antes de diciembre. El borrador regula la intervención pública para facilitar la concentración parcelaria, otorga al departamento autonómico de derecho de tanteo y retracto en fincas colindantes con las tierras concentradas, anuncia ayudas y beneficios fiscales a la agrupación parcelaria y contempla el requisito de profesionalidad para los gestores de éstas. El contenido de esta ley se desarrollará en órdenes posteriores.

María Ángeles Ramón Llin anunció a finales de enero del año pasado la elaboración de una ley para luchar contra el minifundismo, una reivindicación histórica del sector. Casi dos años después y tal como anunció la consejera hace unas semanas la norma en ciernes no se centra exclusivamente en el minifundismo, sino que es una ley integral del territorio agrario.

El borrador que Ramón-Llin quiere presentar en unas semanas a las Cortes contempla la intervención pública dirigida a conseguir explotaciones agrarias 'viables' en zonas previamente declaradas de interés o utilidad pública, donde la parcelación sea muy acusada o en las que se requiera una ordenación para modernizar sus regadíos. La concentración se realizará mediante decretos del Consell y será obligatoria para los propietarios de las fincas afectadas. La Administración costeará los gastos de notaría y registro derivados de este proceso.

En la concentración realizada a requerimiento público, según el articulado, se procurará que cada propietario reciba una superficie de igual valor a las tierras que poseía, ordena de forma contigua las fincas integradas en una misma explotación y modifica y crea accesos directos a las nuevas fincas. El cuerpo legislativo también detalla que los propietarios de las explotaciones de tamaño inferior a la unidad mínima de cultivo, que se determina en función del tipo de cultivo, podrán asociarse para ganar tamaño o vender su explotación a los titulares de las tierras concentradas.

Las fuentes consultadas indican que la posibilidad de intervención pública en procesos de concentración ya está recogida en la ley de Reforma y Desarrollo Agrario, elaborada en los años 40 y refundida en los 70, y cuya aplicación en la Comunidad ha sido escasa.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

La ley también otorga a la Administración el derecho de tanteo, es decir la adquisición de un terreno si iguala la oferta de compra existente, de las fincas colindantes de las parcelas concentradas. Esta medida no incluye los cambios de propiedad entre familiares o los movimientos dirigidos a concentrar tierras. Esta opción se completa con el derecho a retracto, mediante el cual Agricultura podrá adquirir estas tierras tras una transmisión realizada sin la notificación correspondiente, si iguala el precio de compra.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_