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OPINIÓN DEL LECTOR
Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Sobre caídas desde los andamios

Con frecuencia en los periódicos leemos accidentes, normalmente con resultado de muerte, por caídas de andamios. La última vez que lo leí fue el sábado 25 de agosto, al visitar Madrid y comprar esa edición de EL PAÍS.

Luego, en mi deambular por la ciudad, vi que era normal, dado lo mal montados que están algunos. En concreto, aquel día, al final de la calle Atocha, en su entrada al aparcamiento: estaba doblado, aun cuando su altura era de dos cuerpos y usado para sujetar los tubos de vaciado de escombros de un piso.

Ahora leo EL PAÍS de ayer, edición nacional, que en su página 43, en el artículo sobre el 49º Festival de San Sebastian, muestra una fotografía con un operario trabajando sobre una plataforma de un andamio que es todo un ejemplo de cómo no debe ser.

Se trata de un andamio de tijera o de cruz de san Andrés, expresamente prohibidos en algunas empresas, ya que es difícil conseguir una plataforma correcta: doble barandilla rígida, la superior a 900 mm y la otra intermedia, y rodapié.

Esto es aplicable siempre que se trabaje a más de dos metros de altura. Pero no es el único inconveniente importante: no permite el acceso interno a través de escaleras.

Defectos del andamio de la foto, suponiendo que estamos a más de dos metros:

1. La cruz de san Andrés no puede servir como doble barandilla : su punto central no está a 900 mm.

2. Carece de rodapié, siendo un andamio de fachada.

3. No hay barandilla en el lado de la izquierda, ni en el lado de la pared. El operario no usa arnés de seguridad, lo cual podría justificar que el andamio no estuviera terminado del todo, aun cuando la protección colectiva (andamio bien hecho) está antes que la individual (arnés).

4. No vemos la andura de la plataforma sobre la que se apoya el operario: si es 600 mm o superior, es correcta.

5. El lateral derecho, aun cuando no se puede en la foto, no constituye una doble barandilla y la caída es posible.

La legislación aplicable es muy escasa:

1. La norma HD-1000 (formato UNE), que no es obligatoria, aunque sí muy completa.

2. Plataformas de trabajo: Real Decreto sobre lugares de trabajo, del año 1097.

A la vista de ello, ¿no se anima EL PAÍS a elaborar un artículo sobre andamios en las calles de Madrid?

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