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Una sentencia obliga al Ivima a reparar los daños en sus pisos

El Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima) es el responsable de sus pisos hasta que los moradores terminen de pagarlos y sean los efectivos propietarios de las casas. Por tanto, este organismo público de la Comunidad de Madrid es el encargado de las obras de rehabilitación para mantenerlos en buen estado de conservación. Así al menos lo ha entendido la titular del Juzgado número 24 de lo Contencioso-administrativo de la capital, Cruz Lobón del Río, en una reciente sentencia.

El fallo hace referencia al recurso que presentaron los 120 vecinos de los portales 20, 22 y 24 de la calle de Tolosa, en Usera, contra una resolución de la junta municipal del distrito. El concejal presidente de este organismo exigió a los moradores de las viviendas que ejecutaran diversas reformas en sus viviendas, ya que sufrían desperfectos en el inmueble, detectados por los técnicos de la junta que inspeccionaron el edificio. Entre ellos apreciaron numerosas humedades por filtraciones procedentes de las cubiertas, desprendimiento de enfoscados, fisuras en las fachadas y oxidación de la carpintería de la escalera, además de falta y deformación de las celosías de patios laterales.

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Los vecinos entendieron que, al no ser los legítimos propietarios de las viviendas, no debían arreglar los desperfectos, y acudieron al abogado de la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM), José Antonio Jiménez. Éste presentó un recurso contencioso-administrativo contra la orden del concejal de Usera.

Anular la resolución

La sentencia anula en primer término la resolución del concejal de Usera 'por no ser conforme a Derecho'. La juez se basa en los contratos de compraventa de las viviendas en régimen de protección oficial. Éstos fueron firmados en 1989 entre los compradores y el Ivima. Se establecía un plazo de amortización de 35 años. Además, algunas de las viviendas, según el fallo, se encuentran ocupadas en régimen de alquiler.

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'Obviamente, el Ivima ostenta el dominio de todas y cada una de las viviendas en tanto no se haya completado el pago de la última mensualidad, por lo que no corresponde a los ocupantes de las viviendas asumir las obras de rehabilitación que los inmuebles precisan', explica Cruz Lobón del Río en su fallo.

El Ivima ha recurrido la sentencia en apelación. Según consta en el escrito, este organismo ha alegado 'indefensión', ya que en los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid se desconocía que hubiera una causa contra un inmueble del instituto. Sin embargo, la titular del Juzgado número 24 había enviado a finales de marzo un escrito al Ivima para que se personase en la causa. Transcurrido un mes, la juez ordenó que se iniciara la vista oral, ya que en el plazo fijado no habían acudido al juzgado los letrados del instituto.

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