Conmutación de condena a 'reeducación'
¿Cómo es posible que hoy día un juez le conmute la pena a un hombre que agredió a su mujer en Jaén justificando, además, la actitud del agresor porque estaba bebido? Si cualquier persona bebe y conduce, por ejemplo, se considera su falta (o posible falta) de control un delito punible. Si bebe y pierde el control y le da una paliza a su mujer, el juez considera el índice de alcohol en sangre una excusa. ¿No será que el juez considera la paliza peccata minuta (al fin y al cabo, la receptora de la paliza es 'su' mujer) comparado con los estragos que podría causar a hombres y mujeres que no son 'suyos' conduciendo borracho? Dado que el juez ha conmutado la pena de cárcel por una o varias sesiones de reeducación sobre la dignidad de la mujer, ¿debemos entender que la violencia doméstica no es un delito, sino una cuestión de ignorancia y mala educación? Y la banda sigue tocando.-
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.