El Supremo anula la absolución de dos guardias civiles por asesinato
El tribunal reclama una sentencia clara a la Audiencia de Barcelona
Los hechos ocurrieron durante la noche del 19 de agosto de 1994, cuando dos personas estaban atracando una gasolinera de Castellar del Vallès y fueron detenidas por los guardias civiles Carlos Sánchez y Rafael Picaso. De camino al cuartelillo, situado a 200 metros, los detenidos intentaron escapar esposados y los agentes les golpearon para impedirlo. Una vez en el cuartel, tumbaron a los detenidos en el suelo boca abajo y con las manos esposadas. Uno de ellos, Jorge X., se sintió mal y la médica de guardia ordenó su traslado a un hospital, que se demoró hasta que lo autorizó un superior. El detenido ingresó en coma y murió al día siguiente tras una hemorragia interna producida por una contusión craneal.
En octubre de 1996, la Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona absolvió a los dos guardias civiles de los delitos de asesinato, homicidio, torturas y falsedad en documento oficial, pero la fiscalía y la familia del fallecido recurrieron ante el Tribunal Supremo. En septiembre de 1998, la Sala Segunda les dio la razón y calificó de 'oscura, ambigua e imprecisa' la sentencia de la Audiencia de Barcelona. Por ese motivo, el Supremo pidió que dictara una nueva resolución, pues en la primera no quedaba claro si cada guardia civil golpeó al detenido que custodiaba o a ambos de manera indistinta.
Las causas de la muerte
La Audiencia de Barcelona dictó una segunda sentencia absolutoria en diciembre de 1998 concretando que cada agente golpeó al detenido que vigilaba, pero no se precisó cómo y por qué se produjo la muerte. La familia del fallecido, a través del abogado Joan Granedo, volvió a recurrir ante el Tribunal Supremo y ahora, por segunda vez, se le ha vuelto a dar la razón en una sentencia mucho más contundente notificada el pasado mes de enero.
El alto tribunal recuerda que está fuera de toda duda que la muerte se debió a los malos tratos que infligieron los guardias civiles al detenido y que la Audiencia no tuvo debidamente en cuenta que en la autopsia se indica que el fallecimiento fue 'de tipo violento' y por una 'causa homicida'. Por eso, el Supremo se pregunta cómo es posible que, según la Audiencia de Barcelona, ninguno de los dos agentes sea responsable de una muerte que se produjo 'dentro del ámbito de dominio de los acusados, por causas violentas y de tipo homicida'. El Supremo recuerda, además, que los forenses descartan también que la muerte la provocara un impacto del detenido contra el suelo.
'Espero que, a la tercera vez, la Audiencia de Barcelona rectifique de una vez y dicte una sentencia clara', explicó ayer el abogado de la familia.
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