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El Supremo obliga a la comunidad de El Palmar a admitir a las mujeres que quieren pescar en L'Albufera

Las mujeres pescadoras dicen que la lucha ha sido 'gratificante'

La Comunidad de Pescadores de El Palmar no tendrá más remedio que admitir como miembros a las cinco mujeres que desde el 6 de julio de 1997 pleiteaban en los tribunales para ser admitidas. Así lo dictamina una sentencia del Tribunal Supremo que considera que la Comunidad había intentado hasta la fecha impedir el libre acceso de las mujeres a la entidad escudándose en defectos formales y discriminando laboralmente a éstas a causa de su sexo.

En definitiva, la sentencia del Tribunal Supremo ha hecho trizas el argumento de la tradición alegado por la Comunidad para impedir que las mujeres se integren en ésta. La Comunidad de Pescadores de El Palmar, fundada en 1238, argumentaba que tradicionalmente el derecho a pescar en L'Albufera era atribuible a los hijos y nietos varones de los cofrades a través de la figura de 'un verdadero derecho hereditario'. Sin embargo, la sentencia constata que es posible comprar dicho derecho, por lo que la cuestión no se reduce a una simple transimsión hereditaria. Según la sentencia, la no admisión de las mujeres en la Comunidad se debe 'única y exclusivamente al hecho de ser mujeres aunque, se haya tratado de configurar como una cuestión de formalidades basadas en normas de derecho hereditario'. Una cuestión absolutamente anticonstitucional desde el momento en que se les impide desarrollar una actividad laboral idéntica a la que desarrollan los hombres.

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Según el letrado defensor de las mujeres pescadoras, Luis Romero Villafranca, 'la sentencia no sólo obliga a que la Comunidad admita a estas cinco mujeres, sino que obliga también a modificar los estatutos de la entidad para que en el futuro cualquier mujer pueda solicitar el ingreso en la misma y por tanto ejercer su derecho a pescar en L'Albufera'. Esta es la tercera vez en que un tribunal se pronuncia a favor de las mujeres pescadoras de El Palmar. El 5 de octubre de 1998 un juzgado de Valencia resolvió que las mujeres tenían pleno derecho a formar parte de la Comunidad de Pescadores y a la modificación de las normas de la entidad.Contra la primera sentencia, la Comunidad interpuso recurso ante la Audiencia de Valencia que en el 24 de abril de 1999 ratificó el derecho de las mujeres a pescar. El caso llegó finalmente al Tribunal Supremo que también ha fallado a favor de las pescadoras, en una sentencia contra la que ya no cabe recurso alguno. Tras la resolución de la Audiencia, las mujeres pudieron ya ejercer en la práctica la pesca en L'Albufera, pero quedaba pendiente su ingreso en la comunidad de pescadores. En la última asamblea de la comunidad, sus miembros aceptaron la entrada de mujeres, pero no la de las cinco que habían mantenido el pleito, argumentado que éstas no contaban con los avales exigidos de integrantes de la entidad. Ahora, el Supremo ratifica que no les pueden negar la entrada.

El alto tribunal argumenta su decisión basándose en la Constitución Española y cita como referencia, entre otras, una resolución del Tribunal Supremo de Estados Unidos que permitió en 1996 trabajar a una mujer en el Instituto Militar de Virginia, 'con todo lo que significaba quebrar unos usos y tradiciones que para la mentalidad del americano medio eran intocables'. El Tribunal Supremo también se respalda en la jurisprudencia europea y especialmente en las sentencias Defrenne III y Coloroll Pension Trustees del Tribunal de Luxemburgo que reconocen la igualdad laboral entre hombres y mujeres.

Discriminación

La satisfacción fue la nota dominante entre las cinco mujeres de El Palmar que llevaron a los tribunales su deseo de pertenecer a la comunidad de pescadores y participar en el sorteo de zonas de pesca de l'Albufera, conocidas como redolins. Carmen Serrano, portavoz del grupo de mujeres, destacó ayer que la sentencia ratifica que los pescadores 'nos habían discriminado por razón de sexo'. 'Nos estaban privando de los derechos que nos correspondían por no ser descendientes de pescadores', apuntó Serrano. La portavoz del colectivo subrayó que una vez la notificación del Supremo se remita a la Audiencia de Valencia 'de inmediato se hará efectiva la sentencia y la comunidad de pescadores tendrá que admitir a las cinco demandantes y pagar las costas del proceso'. Serrano apuntó que la 'lucha' llevada desde 1998 ha sido 'gratificante' y tuvo un agradeciemiento especial a 'los pescadores que fueron expulsados injustamente de la comunidad por sumarse a sus reivindicaciones'.

En la Asociación de Mujeres Independientes del Palmar, opuestas a las demandantes, la sensación era otra. Su presidenta, Antonia Soler, tachó abiertamente la sentencia de 'injusta' y justificó la ausencia de las mujeres demandantes en la comunidad de pescadores porque 'no respetan las normas de la sociedad'. 'Como mujeres no tenemos nada en contra de ellas', añadió, 'no es nada machista, pero sólo están las mujeres que reúnen los requisitos que la sociedad privada quiere'. Soler achacó a las mujeres demandantes el 'mal ambiente' creado en el pueblo.

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