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El Tribunal Supremo subraya el 'gravísimo incumplimiento' de los cargos condenados

El Tribunal Supremo ha confirmado en su literalidad la sentencia dictada en 1998 por la Audiencia Provincial de Álava sobre el caso Osakidetza, lo que supone el ingreso en prisión de cuatro de los cinco condenados por el intento de fraude masivo para colocar a personas afines al PSE y la UGT en la administración sanitaria vasca durante la oferta pública de empleo de 1990. El Supremo desestima en su fallo, dado a conocer ayer, todos los recursos que presentaron los condenados. Al ex director general del Servicio Vasco de Salud, Osakidetza, Mario González, al que fuera director de Gestión Económica y Administración, Pedro José Pérez Torres, y al técnico superior de este organismo y asesor de las oposiciones, José Angel Martín, se les impuso una pena de seis años y medio de prisión por falsedad en documento oficial cometido por funcionario público. Otro empleado de Osakidetza, Pablo Sastre, fue condenado a seis años y un día de prisión por el mismo delito, mientras que al gerente de la empresa correctora de los exámenes Euro Appraisal, Francisco Javier Abásolo, se le impuso un año de cárcel, y por lo tanto elude la prisión.

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Además de ratificar la sentencia de la Audiencia de Álava, el Supremo subraya en su fallo la gravedad del delito cometido. El ponente de la sentencia, el magistrado Cándido Conde-Pumpido, asegura que 'cuando los funcionarios, responsables políticos o administradores se corrompen, como sucedió en el caso actual, utilizando sus potestades en beneficio de intereses particulares o de grupo, su actuación delictiva perjudica no sólo a los ciudadanos afectados, sino a toda la sociedad'.

Aunque se fraguó en 1990-91, el caso Osakidetza estalló en la precampaña electoral de 1994, precisamente cuando las encuestas daban un crecimiento sostenido a los socialistas vascos, con Ramón Jauregui y Mario Onaindía al frente. Su batalla política contra el PNV se vio brutalmente frenada por el escándalo. Los documentos que fueron presentados al juez y que originaron la investigación habían estado congelados en un cajón durante varios años.El fraude se hizo cambiando las hojas de respuesta de los exámenes por otras que incluían las contestaciones correctas. Pero las nuevas hojas no coincidían con las pestañas originales, la parte superior cortada de cada examen, donde figuraba la identidad de los opositores.

La sentencia del Tribunal Supremo describe cómo los cinco condenados actuaron de común acuerdo para favorecer a determinados opositores del entorno del sindicato UGT, del PSE-PSOE y personal no fijo de Osakidetza. De los cinco condenados, Pérez Torres, Martín y Sastre, eran afiliados al PSE-EE. La sentencia de la Audiencia de Alava ya explicaba que ellos tres, solos o con la ayuda de terceros, 'con las facilidades dadas por González y el conocimiento de Abásolo', fueron los que efectuaron materialmente el cambiazo. Otros acusados, entre ellos el ex dirigente del PSE José Luis Marcos Merino, fueron absueltos.

El ponente de la sentencia subraya que 'la adulteración del proceso de selección por los propios servidores públicos que lo convocaron y controlaron representa un gravísimo incumplimiento de sus deberes, despreciando los valores constitucionales de mérito y capacidad con los que los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos'. El alto tribunal justifica la desestimación de todos los motivos de recurso alegados por los condenados, porque 'la propia dinámica de la convocatoria y método de celebración de las pruebas selectivas diseñadas precisamente por los recurrentes hace imposible la realización del fraude sin la efectiva intervención de las personas que controlaban todo el proceso', en referencia a Mario González, Pérez Torres y Martín.

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El Supremo destaca como 'indicio esencial' de la culpabilidad de Mario González 'su posición de control en el proceso de selección', que hace 'materialmente imposible que la planificación, organización y realización de la masiva falsificación se efectuase sin su conocimiento, consentimiento e intervención'. El tribunal desestima el recurso de Abásolo, gerente de la empresa correctora, al considerar probado que fue quien facilitó el acceso a los exámenes para su manipulación.

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