La ejecución provisional no requerirá de fianza
La nueva ley permite ejecutar de forma provisional una sentencia de un juzgado de primera instancia o de un tribunal sin necesidad de depositar fianza previa. El objetivo de esta medida es evitar que se dilate el proceso civil, ya que hasta ahora era muy común que el perdedor del pleito en primera instancia recurriese la sentencia con el único fin de demorar el fallo definitivo. Muchos demandados suelen acudir a la vía del recurso porque saben que la instancia judicial superior tarda meses e incluso años en resolver los recursos que les llegan, y así ganan tiempo.
Un ejemplo claro de retrasos azota a la Sección Civil de la Audiencia de Madrid, que ha terminado el año con 30.000 asuntos pendientes de años anteriores y que ahora tarda hasta tres años en dar salida a los recursos que reciben de los juzgados de primera instancia.
Pese a que permite la ejecución provisional de una sentencia sin necesidad de prestar fianza y sin esperar al fallo de la instancia judicial superior, la desde hoy vigente ley civil deja en manos de los jueces la posibilidad de adoptar medidas cautelares para no perjudicar al demandado en caso de que su petición sea estimada luego por un tribunal superior a través de un recurso.
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