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Liaño vuelve a recusar a jueces de la sala del Supremo que le condenó por prevaricación

El ex juez Javier Gómez de Liaño, condenado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por prevaricación continuada en el caso Sogecable, intentó ayer recusar a dos de los magistrados del tribunal que le condenó, como ya lo hizo sin éxito durante el proceso. En esta ocasión, los jueces afectados por la recusación son Enrique Bacigalupo y José Antonio Martín Pallín, a quienes Liaño atribuye ahora interés en el caso. Fuentes del Supremo consideran no admisible en este momento la recusación y esperan la convocatoria de la Sala general para deliberar sobre el indulto.

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El escrito de recusación, presentado ayer en la secretaría de la Sala Penal del Supremo, asegura que, "de cara a la resolución que ha de dictarse en aplicación del Real Decreto de indulto, parece que concurren hechos y circunstancias que autorizan a sospechar, con fundamento, que los dos magistrados recusados [Bacigalupo y Martín Pallín] tienen prejuicios y prevenciones que les impedirán ser neutrales a la hora de aplicar la gracia otorgada".Gómez de Liaño alega que ambos magistrados rechazaron su petición de suspender la ejecución de la condena mientras se resolvía la solicitud de indulto. También arguye que en la ejecución de la sentencia tuvieron "por ejecutada la pena de inhabilitación en lo que concierne a la privación definitiva del cargo y la consiguiente pérdida de la condición de magistrado del condenado", a pesar de que conocen, asegura Gómez de Liaño, que "no ha perdido su condición de magistrado".

Fuentes jurídicas consultadas por este periódico recordaron que la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que sólo podrán recusar "en los asuntos penales, el Ministerio Fiscal, el acusador particular o privado, el actor [demandante] civil, el procesado o inculpado, el querellado o denunciado y el tercero responsable civil". A la vista de este precepto, que no legitima al condenado para recusar, y que no prevé la recusación en el trámite de aplicación del indulto, las mencionadas fuentes estiman que la pretendida recusación será rechazada de plano.

Por otra parte, fuentes del Supremo explicaron ayer que, si el BOE publicase hoy el Real Decreto de indulto, se convocaría inmediatamente la Sala general para deliberar sobre el alcance de la medida de gracia, que corresponde aplicar a los tres magistrados del tribunal sentenciador. La mayoría de los magistrados de la Sala Penal del Supremo expresaron ayer al presidente, Luis Román Puerta, su criterio contrario a la celebración de un pleno jurisdiccional sobre la aplicación del indulto al ex juez.Liaño recusó a los magistrados Enrique Bacigalupo y José Antonio Martín Pallín, pero se abstuvo de hacerlo contra el presidente de la Sala de lo Penal, Luis Román Puerta, integrante también del tribunal.

Las fuentes consultadas lo atribuyen a una razón estratégica. De haber recusado a los tres magistrados, la recusación la habría tenido que resolver una sala especial, denominada "Sala del artículo 61", integrada por el presidente del Tribunal Supremo, los presidentes de cada una de las Salas y el magistrado más antiguo y más moderno de cada una de ellas.

Este tribunal ya conoció de una recusación de Liaño contra el tribunal que debía de juzgarle, formado entonces por los magistrados Gregorio García Ancos, José Manuel Martínez Pereda y Enrique Bacigalupo. El resultado fue el rechazo tajante de las pretensiones del ex juez. La Sala especial explicó que la recusación debe proponerse en el momento en que se tenga conocimiento de la causa en la que se funde. Liaño, según dicha Sala, alegó la recusación meses después de tener todos los elementos necesarios para sustentarla, por lo que incurrió en el "vicio de la extemporaneidad".

El replanteamiento de la recusación contra Bacigalupo, que ya fue rechazada, y contra Martín Pallín, bastantes meses después de que éste sustituyese al magistrado jubilado José Manuel Martínez Pereda, estaría afectada del mismo vicio de extemporaneidad y abocada por tanto a la inadmisión. Dado que el ex juez ha limitado esta vez su recusación a dos magistrados, será el Pleno de la Sala de lo Penal el que tendrá que resolverla.

Antes de recusar a García Ancos y Bacigalupo, Liaño también intentó la recusación del magistrado del Tribunal Supremo Joaquín Martín Canivell, al que había correspondido la instrucción de la querella por prevaricación contra él. El ex juez adujo entonces que Canivell ponía un supuesto "énfasis" en "cegar las circunstancias" que le eran favorables y le acusó de una "aversión abstracta".

El pleno de la Sala de lo Penal rechazó la recusación de Canivell "por falta de causa legal", fundándose en el informe del fiscal, que destacó que el motivo planteado por Liaño para apartar al instructor estaba "huérfano de una mínima fundamentación".

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