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El Estado pagará 92 millones al joven que se quedó ciego por el tiro de un policía

La Audiencia de Madrid ha condenado a un año de cárcel y a pagar casi 92 millones de pesetas al policía nacional Óscar García Gil por disparar con una escopeta de perdigones a un joven de etnia gitana cuando éste se bajaba de un coche para entregarse, tras una persecución policial. La víctima, José F. B., menor de edad, perdió la visión en ambos ojos. Lo más destacado de la sentencia es que el tribunal ha decretado, respecto a la indemnización, que el Estado es responsable civil subsidiario. La víctima necesitará una persona que le ayude de por vida, de ahí la cuantía de la indemnización. Su abogado, Eduardo Alarcón, pidió al tribunal 400 millones, y el fiscal, 40 millones. Los jueces consideran probado que el agente policial, suspendido en sus funciones durante un año, cometió un delito de imprudencia grave. Aseguran que el 17 de mayo de 1999, el acusado iba en un coche patrulla junto con otro compañero y recibieron un aviso para localizar a los tres ocupantes de un coche por un robo en un bar. Señalan que "en un punto no precisado, coincidieron, en sentido contrario, el vehículo policial y el buscado, deteniéndose ambos. El conductor del coche buscado se dio a la fuga, mientras que sus otros dos acompañantes, uno de ellos, la víctima, se quedaron dentro. Del vehículo policial salió el acusado, portando una linterna y una escopeta, y se dirigio hacia la parte trasera del coche buscado.

Según la sentencia, el agente ordenó a los dos ocupantes del vehículo que se quedasen dentro y con las manos a la vista. Órdenes que éstos no escucharon porque había ruido en la zona. La víctima abrió la puerta del copiloto y se giró para salir del coche. Fue entonces cuando el acusado, para que desistiera de su propósito, efectuó un disparo hacia el lateral derecho. Utilizó una escopeta cargada con perdigones y no con postas, que era la munición oficial. La munición rebotó en el marco del chasis y en la puerta e impactó en el rostro de Fernández Bruno, dejándole ciego, entre otras lesiones.

El tribunal recuerda que las armas de fuego sólo deben utilizarse cuando exista una riesgo racionalmente grave para la vida del agente policial.

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