El criminólogo acusado de calumnias insiste en que las autopsias del 'caso Alcàsser' fueron suavizadas
El criminólogo que saltó a la fama por sus controvertidas opiniones durante la investigación del caso Alcàsser, Juan Ignacio Blanco, insistió ayer en la vista que se celebró contra él en el Juzgado de lo Penal número 11 de Valencia en la defensa a ultranza de su profesionalidad -"llevo tres años, 24 horas al día, dedicado en cuerpo y alma a investigar el sumario" del asunto- y en la veracidad de las afirmaciones por las que fue denunciado por el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Enrique Beltrán. El responsable del ministerio público se querelló contra Blanco por unas declaraciones que éste efectuó a Revista de Gandia en octubre de 1997. En esa entrevista, que recogió fielmente sus palabras, el criminólogo aludió a una supuesta reunión en la que el ex ministro del Interior, José Luis Corcuera, se habría reunido con Beltrán y el juez instructor del caso para dirigir o manipular sus pesquisas. Concretamente, declaró el periodista, el ministro ordenó hacer autopsias "de avío" -las convenientes al caso- para evitar una innecesaria "conmoción social". Blanco, aunque no se desdijo, matizó ayer el sentido de sus declaraciones. "En el sumario de Alcàsser hay más indicios de que esa reunión se ha producido que de que él es el culpable", aseguró el colaborador de Fernando García, padre de una de las tres adolescentes secuestradas, torturadas y asesinadas.
En ese sentido, el criminólogo declaró que sus palabras no acusaron a las autoridades de manipular la investigación, sino que únicamente aclaraban que, "de buena fe", el ministro pretendió evitar la publicación de datos escabrosos ante la creencia de que los responsables del macabro crimen ya habían sido detenidos.
El fiscal no piensa así, por lo que solicitó una multa de 2.100.000 pesetas para Blanco por un delito de calumnias u otra de 1.500.000 si es considerado culpable de un delito de injurias. La defensa del periodista pidió la absolución de su cliente al entender que sus declaraciones no son falsas y están amparadas por la libertad de expresión.
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