El fiscal propone que se multe al presidente de la Audiencia de Barcelona por suspenderse un juicio
La fiscalía ha solicitado que se imponga al presidente de la Audiencia de Barcelona, Francisco Javier Béjar, y a dos magistrados de una sección penal una multa que oscila entre 25.000 y 40.000 pesetas por una falta leve cometida al suspenderse, por falta de jueces, un juicio que debía celebrarse el pasado mes de julio. La petición de la fiscalía ha sido asumida íntegramente por el instructor del expediente disciplinario que se tramita contra los tres magistrados después de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) les expedientara por los hechos.
El instructor del expediente, Ángel García Fontanet, ha formulado ya una propuesta de resolución en la que solicita multa de 40.000 pesetas y advertencia para Béjar, así como otra multa del mismo importe para el magistrado Daniel de Alfonso -el ponente de la sentencia que no pudo asistir al juicio-, y multa de 25.000 pesetas para Fernando Pérez Máiquez, presidente de la sección séptima, que estaba de permiso el día de la vista. Béjar declinó ayer pronunciarse sobre la propuesta de resolución y anunció que presentará alegaciones.La propuesta del instructor, que coincide plenamente con el informe que le presentó el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, considera que los tres magistrados cometieron una falta leve de desatención o desconsideración con los ciudadanos prevista en el artículo 419.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Las faltas leves se sancionan con un máximo de 50.000 pesetas. Tras las alegaciones que presenten los afectados, el expediente será remitido a la comisión disciplinaria del CGPJ para adoptar una decisión definitiva.
Designación de jueces
La suspensión del juicio se produjo el 6 de julio del año pasado en aplicación de un acuerdo del presidente de la Audiencia de Barcelona de 25 de junio. En él se explicaba que no se designaría un magistrado titular de otra sección para formar sala -compuesta por tres jueces- en los casos en que la ausencia del juez se debiera a concesión de permisos por asuntos propios. Ante la ausencia del presidente de la sala y del magistrado Daniel de Alfonso, quien se encontraba en una reunión de la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el único magistrado titular del tribunal decidió suspender la vista ante la tensión que se vivía a la entrada de la sala con los familiares de las víctimas. En el banquillo de los acusados debía sentarse un joven al que se le imputaban ocho delitos sexuales, entre ellos una violación. La suspensión del juicio indignó a los familiares, pues la vista se señaló para al cabo de siete meses, y fue criticada desde diversos sectores. Al final los jueces rectificaron y el juicio se celebró en septiembre. Sin embargo, el presidente de la sección novena, Gerard Thomas, recurrió ante el CGPJ contra el acuerdo de Béjar que motivó la suspensión y el pasado mes de septiembre se suspendió cautelarmente su aplicación.
El instructor de los expedientes disciplinarios justifica la asunción de la propuesta de sanción presentada por la fiscalía argumentando: "El principio acusatorio, aunque no rija en el procedimiento administrativo, debe cuidarse". En otro momento de su propuesta de resolución, Ángel García Fontanet explica que las conductas de los tres magistrados "son independientes de su valoración o repercusión social -directa o por intervención de los medios de comunicación-, aunque esa valoración puede ser indicativa de la necesidad de cambios legislativos". También se recuerda que la conducta de los expedientados se produjo en "un contexto a tener en cuenta" y se precisa que en la Audiencia de Barcelona se suspendieron en 1998 un total de 1.036 juicios y en el primer semestre de 1999, 563 vistas.
La propuesta desestima los argumentos de Béjar tras el pliego de cargos inicial, en los que alegaba caducidad y consideraba que adoptó ese acuerdo en función del cargo gubernativo que desempeña, por lo que no se le puede sancionar, "salvo cesarlo".
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