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TRIBUNALES

LIBERTAD DE EXPRESIÓN El fiscal del TC ampara al edil de EU condenado por vejar a Díaz Alperi

El fiscal del Tribunal Constitucional (TC) ha priorizado el derecho a la libertad de expresión frente al del honor en un caso remitido desde Alicante. El representante del Ministerio Público solicita a la sala que acepte el recurso de amparo tramitado por el portavoz de EU en el Ayuntamiento, José Luis Romero, y anule por tanto la sentencia de la Audiencia Provincial que lo condenó por vejación leve al alcalde de la ciudad.

El cruce de denuncias y querellas que durante el pasado mandato municipal marcó la labor de los munícipes de Alicante no finalizó con el anuncio del alcalde, Luis Díaz Alperi, en julio, de retirar todos los casos que tenía planteados en los tribunales contra diversos representantes de la oposición. Uno de ellos, fallado por la Audiencia Provincial, había llegado ya al Tribunal Constitucional, en forma de recurso de amparo interpuesto por el portavoz de EU, José Luis Romero, contra una sentencia que en 1998 lo condenó al pago de una multa de 10.000 pesetas o arresto de un día por una falta de vejación leve al alcalde, del PP.A punto de que el caso se resuelva de forma definitiva, el fiscal del TC ha decidido avalar el amparo que reclama Romero en base al derecho a la libertad de expresión de los cargos públicos, pero rechaza el argumento de parcialidad del tribunal alicantino, que el portavoz de EU esgrimía por haber sido juzgado y condenado por la misma sala que instruyó la causa.

El caso se remonta a noviembre de 1995. El portavoz de EU aseguró en conferencia de prensa que el primer edil había mentido en la declaración de bienes que todo cargo público está obligado a realizar al inicio del mandato, al no incluir en la relación dos vehículos de su propiedad.

Alperi denunció a Romero por calumnias e injurias. En febrero de 1996, el juzgado de Instrucción archivó la causa por considerar que no existía delito en las declaraciones. La defensa del alcalde apeló a la Audiencia, que anuló el archivo e imputó al edil de EU una falta de vejaciones leves al primer edil.

El expediente volvió al mismo juzgado de Instrucción, que celebró juicio y absolvió a Romero, pero Alperi volvió a recurrir a la Audiencia, que finalmente condenó al portavoz de EU a un arresto de un día o al pago de una indemnización de 10.000 pesetas por vejación de carácter leve.

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