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Tabacalera debe reincorporar a una empleada excedente desde 1972

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha condenado a Tabacalera a reincorporar de inmediato a una empleada que se encuentra en excedencia desde el año 1972 y que pidió su reingreso porque su marido fue declarado en situación de invalidez, según una sentencia hecha pública ayer.El alto tribunal rechaza que el derecho de la trabajadora a reingresar en su puesto hubiera prescrito por el tiempo transcurrido desde entonces, ya que ese derecho se estableció de nuevo en el convenio colectivo firmado en el año 1992.

Además de declarar que la trabajadora debe "ser reincorporada de inmediato al servicio activo de la empresa", el Supremo condena a Tabacalera a que le pague una indemnización de 371.795 pesetas en concepto de daños y perjuicios por los salarios dejados de percibir entre los años 1991 y 1996.

Asimismo, el Supremo condena a la compañía tabaquera a que abone el sueldo de la empleada desde que demandó a la empresa, en el año 1996, hasta que se reincorpore de manera efectiva. Dolores Colón Silva entró en Tabacalera en 1962, y en 1972 dejó de prestar servicio acogiéndose a la excedencia por matrimonio con derecho a reingreso, lo que ahora ha conseguido.

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