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El Constitucional declara ilegal una detención policial de menos de 72 horas

Los detenidos tienen que ser puestos a disposición judicial desde el mismo momento en que la policía finalice las averiguaciones para el esclarecimiento de los hechos, según ha declarado el Tribunal Constitucional en una sentencia.El alto tribunal ha amparado a un joven que fue detenido tras presentarse voluntariamente a la policía para aclarar una denuncia relacionada con una riña en una zona de bares de Sabadell (Barcelona). Pese a que la detención no rebasó el límite máximo de las 72 horas, excedió del tiempo "estrictamente necesario". Según el Constitucional, el tiempo estrictamente necesario nunca puede sobrepasar el límite máximo de las 72 horas, pero ese tiempo actúa como límite absoluto y no impide que puedan calificarse como "privaciones de libertad ilegales" aquéllas que, sin rebasar las 72 horas, sobrepasen el tiempo indispensable para realizar las pesquisas para el esclarecimiento del hecho.

El tribunal también ha apreciado vulneración del derecho a la libertad por el juez de Sabadell que no admitió el habeas corpus presentado por el abogado del detenido.

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