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La Audiencia confirma el tercer grado penitenciario concedido a Mario Conde

El ex banquero Mario Conde podrá seguir disfrutando del tercer grado penitenciario restringido, que le permite salir de la cárcel dos fines de semana alternos y otros 48 días al año. Así lo establece la Audiencia de Madrid en un auto en el que rechaza un recurso del fiscal y confirma el régimen carcelario asignado al ex banquero por Instituciones Penitenciarias y por la juez de vigilancia María del Prado Torrecilla.

El ex banquero cumple en la actualidad, en la prisión madrileña de Alcalá-Meco, una condena de cuatro años y dos meses de prisión en relación con el caso Argentia Trust. Además, se halla inmerso en el juicio, de mayor calado, del caso Banesto, en el que el fiscal pide penas que suman 30 años de prisión para Conde.La Audiencia considera que es legal la decisión de la juez de vigilancia de otorgar a Conde el tercer grado restringido, ya que el ex banquero cumple los requisitos necesarios. Los jueces entienden que la normativa penitenciaria establece "la potenciación del régimen abierto" y, en contra del criterio del fiscal, rechaza que éste se le haya concedido "de forma precipitada". Asimismo, desestiman el argumento de la fiscalía de que existe "un riesgo de fuga", al estar Conde pendiente del resultado del juicio del caso Banesto. Ello significaría, según la Audiencia, vulnerar "la presunción de inocencia".

Tampoco comparte el tribunal la tesis de que la concesión del tercer grado a Conde supone "privar a la pena del fin legal de prevención general y de intimidación penal". "La finalidad esencial de la ejecución de las penas privativas de libertad", subrayan, es "la reeducación y la reinserción. (...) Y la intimidación no puede dirigir una práctica penitenciaria". Añade la Audiencia que "habría admitido" el recurso del fiscal si éste le hubiese demostrado con estadísticas que la concesión del tercer grado a Conde significa un agravio respecto a otros presos en situación similar.

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