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Tribuna:LA REFORMA DEL PODER JUDICIAL
Tribuna
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¿Independencia judicial o impunidad judicial?

La pésima valoración que la mayoría de los ciudadanos ha expresado en las últimas encuestas respecto del poder judicial contrasta llamativamente con una espectacular subida del sueldo de los jueces (subida no vinculada a la mejora en el rendimiento, en contra de lo solicitado por la Asociación Jueces para la Democracia) y con la revocación por parte del Tribunal Supremo de una de las escasísimas sentencias condenatorias recibidas por un magistrado (cuya falta, luego exculpada, se limitó a no dictar sentencias... durante un año).Si la voz de los ciudadanos es alta y clara (y ya algo impaciente), la de gran parte del poder judicial (expresada por vía de sus asociaciones mayoritarias) es desafiante: manifiestan ser un poder independiente, ajeno a la política (dudosa actividad), deseoso de mayores cuotas de discrecionalidad e inmunidad, intolerante con la crítica hasta el punto de solicitar la sanción penal de los ciudadanos que se atrevan a cuestionar públicamente sus actuaciones.

Los demás poderes del Estado fueron transformados radicalmente como consecuencia de la transición a la democracia, pasando a ser poderes cuyos representantes son periódicamente elegidos por el pueblo y fiscalizados por órganos ajenos, independientes de ellos mismos.

La mera reforma legal no pudo crear el perfecto estado social y democrático de derecho al que aspira nuestra Constitución, pero el mecanismo de heterocontroles permite la depuración eficaz de los abusos y desviaciones del poder. Estos mismos días asistimos al juicio penal de un ex ministro del Interior y de varios ex altos cargos de su Gabinete, y hace dos años vimos castigar la corrupción y la prepotencia en unas elecciones generales. Los integrantes de los poderes ejecutivo y legislativo saben que si la hacen, la pagan.

¿Y el poder judicial? Bien, gracias, sin novedad. Los seismos democráticos apenas han resquebrajado su autoritario bastión. Es cierto que su sólido espíritu corporativo ha necesitado reforzarse aún más para frenar la amenaza del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano cuyas actuaciones y atribuciones intentan limitarse de forma sistemática por la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria entre los jueces, asociación cuyos miembros suelen mantener que el CGPJ debe ser un órgano estrictamente administrativo, absolutamente limitado por el poder de cada juez. Esas mismas voces insisten en reclamar que el CGPJ se elija exclusivamente por los jueces, acabando con la impura influencia de los representantes de la soberanía popular, empeñados en exigir eficacia, responsabilidad y rigor bajo la atenta mirada de los ciudadanos.

Es cierto que el Tribunal Constitucional se ha atrevido a corregir a la jurisdicción ordinaria con una interpretación de la ley a la altura de los tiempos y con la agravante de que sus sentencias exhiben una exquisita construcción técnico-jurídica tan escasa en las fases previas del proceso. Pero no deja de ser -como constantemente nos recuerdan los jueces de carrera, los pata negra- un tribunal seriamente aquejado de politización y con una lamentable tendencia a la intromisión en el terreno propio de los jueces del escalafón. Los magistrados del Tribunal Supremo intentaron hacer llegar esta queja al Rey.

También es cierto que se abrió una rendija en el clásico sistema de acceso a la judicatura (como es sabido, la estricta memorización de 500 temas es la mejor manera de acreditar la capacidad de juicio y prudencia), permitiendo que profesionales jurídicos cualificados, experimentados y con reputación probada accediesen a la condición de juez. Es clamoroso el desprecio que por estos jueces manifiesta la mayoría del poder judicial, ya que no han probado sus armas de memoria y disciplina en la guerra opositora y además están bajo la sospecha de haber recibido un favor político (¡siempre la política!). Por supuesto, se ignoran las encuestas que, al menos en la jurisdicción social, prueban el excelente nivel de los magistrados del cuarto turno que provienen de la abogacía, de los laboralistas.

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Por último, también es cierto que la prensa critica a los jueces. Pero éstos se apresuran a pedir amparo al CGPJ ante la mínima manifestación que les incomode, y ello por más que el resto de los poderes públicos hayan de tolerarlas -y contestarlas, si lo estiman oportuno- como parte inexcusable del sistema democrático. Además del amparo, se insiste en requerir la penalización de la crítica. Quién sabe, dicen que en este país el que aguanta, gana.

Y es que ellos, los jueces, tienen verdaderas razones para aguantar. Los demás, todos los demás, estamos sometidos al juicio de terceros si delinquimos o incluso si nos equivocamos, pero ellos disponen del arma secreta más eficaz y más tranquilizadora, y es... que se juzgan a sí mismos. Y además son celosamente corporativos, con la consecuencia de que las condenas a los jueces se cuentan con los dedos de una mano, mientras caen en picado en la valoración pública.

No importa: se puede maltratar a los ciudadanos que piden justicia, dictar sentencias deficientes, incumplir los plazos, no estar al día, apenas pisar el juzgado...; son impunes, perdón, independientes. Esta situación es deplorable e injusta. La deseable independencia judicial garantiza la objetividad en la atribución de los litigios con el fin de garantizar la objetividad, la imparcialidad y el imperio de la ley. Asimismo, la independencia así entendida contribuye al recíproco control entre poderes en beneficio del interés común manifestado a través de esas normas abstractas y generales que son las leyes democráticas.

La impunidad, por el contrario, no es más que la falta de castigo de aquel que lo merece. Es una de las manifestaciones más claras de la injusticia, y la injusticia es aquello que precisamente el poder judicial debe contribuir a evitar.

Creemos que, para evitar lo que en la práctica se parece extraordinariamente a la impunidad judicial, nada mejor que el examen de la responsabilidad civil y penal de los jueces por parte del jurado popular, institución consagrada por la Constitución Española. Si los jueces son, como deben ser, los primeros cumplidores de la ley, nada han de temer del criterio de sus conciudadanos.

Por ello es insoslayable para nuestro sistema constitucional que se abra un verdadero debate sobre el poder judicial, revisando los criterios de selección de los jueces y de control objetivo de su poder, sometiendo su responsabilidad civil y penal al criterio imparcial de terceros a través del jurado -basta ya de jueces y parte- y, en fin, consolidando nuestra transición democrática en relación con el tercer poder.

Nacho Montejo, Román Gil Alburquerque y Antonio García Stuyck son abogados, miembros de la comisión de lo social del Colegio de Abogados de Madrid.

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