Los informes del Consejo Fiscal sobre ascensos no vinculan al fiscal del Estado, según el Supremo
La Sala Tercera del Tribunal Supremo hizo pública ayer, casi un mes después de la deliberación, la sentencia que declara legal el nombramiento como fiscal jefe de la Audiencia Nacional de Eduardo Fungairiño, el polémico funcionario que encabezó la rebelión contra su jefe, José Aranda y cuya designación provocó el rechazo de toda la carrera fiscal. La sentencia, favorable al nombramiento de Fungairiño por el Gobierno, y de la que ha sido ponente el magistrado Pedro Antonio Mateos, establece que los informes emitidos por el Consejo Fiscal "no son vinculantes para el fiscal general del Estado, salvo cuando se trate de traslado forzoso o separación del servicio". La sentencia recuerda que los miembros del Consejo Fiscal rechazaron la candidatura de Fungairiño al estar sometido a un expediente sancionador por la ocultación de una prueba pericial, y por su comportamiento con su jefe y colegas de la fiscalía de la Audiencia Nacional "desleal con el primero y discriminatorio con los segundos". Para el Consejo Fiscal, Fungairiño no era idóneo para el puesto por haber sido uno de los factores desencadenantes de la crisis en la Fiscalía de la Audiencia Nacional y porque actuaciones como la suya "producen rechazo". En la votación, Fungairiño no obtuvo ningún sufragio a favor. Posteriormente, a petición expresa del fiscal del Estado, Jesús Cardenal, se votó en secreto el nombramiento para cargo de fiscal jefe de la Audiencia Nacional y el candidato tampoco obtuvo ningún voto. Pese a todo, Cardenal propuso al Gobierno su ascenso a fiscal de Sala primero y su nombramiento como jefe de la Audiencia Nacional a continuación. Según el Supremo, estos argumentos del Consejo Fiscal fueron discrecionales o de oportunidad, y no de legalidad. La sentencia sostiene que el fiscal general responde ante el Gobierno, que lo nombra y cesa libremente. En cambio el Consejo Fiscal como órgano de asesoramiento y asistencia, "carece de responsabilidad alguna y sus vocales no tienen otra que la prevista para los demás miembros de la carrera fiscal".
La interpretación de que el fiscal del Estado habrá de abstenerse de propugnar a quien no sea considerado idóneo por el Consejo Fiscal, vaciaría de contenido la facultad del fiscal general de proponer al Gobierno los nombramientos ara los distintos cargos, arguye la sentencia.
La división en la Sala Tercera se hizo patente en el hecho de que 10 de los 35 magistrados han considerado ilegal el nombramiento y han formulado cuatro votos particulares señalando que debía estimarse el recurso de la Asociación de Fiscales. De los 90 folios de la resolución, 65 corresponden a votos discrepantes.
Ramón Trillo, el ponente inicial de la sentencia, sostiene en su voto disidente, junto al magistrado José Manuel Sieira, que las circunstancias de Fungairiño eran relevantes para determinar su "competencia profesional" para el ascenso. De ahí que sostuviesen que el decreto del Gobierno debía anularse y repetirse.
Otro voto particular, del magistrado Juan Antonio Xiol, al que se adhieren Pascual Sala y Rafael Fernández Montalvo, consideran que la expresión, "conforme a los informes del Consejo Fiscal" referida al nombramiento "es vinculante para el fiscal general del Estado al formular su propuesta, que puede ser aceptada o rechazada por el Gobierno".
Cardenal, vinculado
En otro voto disconforme de los magistrados Jorge Rodríguez-Zapata y Eladio Escusol (antiguo jefe de Fungairiño), al que se adhiere Mariano Baena, se explica que el fiscal general, Jesús Cardenal, presidió y moderó el Consejo Fiscal y participó en los debates por lo que "resulta vinculado al haber participado en la formación de la voluntad del órgano". "Así, proponer 'conforme a los informes', implica claramente no separarse de ellos", se señala. También expresaron su discrepancia Claudio Movilla y Segundo Menéndez, que, entre otros argumentos, señalan que tampoco es cierta la falta de responsabilidad del Consejo Fiscal, ya que los vocales responden ante quienes les han elegido.
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