El Constitucional absuelve a un exhibicionista por ser la víctima mayor de edad
La mujer, mayor de edad, que observó como un individuo que conducía un vehículo le mostraba sus genitales, se dispuso a apuntar la matrícula, ante lo que el exhibicionista le advirtió: "Sé donde vives y si me pasa algo voy a por tí". Un juez de Oviedo condenó al conductor por un delito de exhibicionismo y una falta de amenazas. En junio de 1996 la Audiencia de Oviedo confirmó el fallo. La mayoría de edad de la víctima ha originado que el Tribunal Constitucional anule ahora la condena por exhibicionismo, dado que el nuevo Código Penal, vigente desde mayo de 1996, limita ese delito a que se cometa "ante menores de edad o incapaces".El Tribunal Constitucional, al que recurrió Miguel Fernández Iglesias, le ha reconocido su derecho a no ser condenado por una pena que no esté legalmente prevista, por lo que ha anulado la condena en lo que se refiere al delito de exhibicionismo.
La sentencia, de la que ha sido ponente, el magistrado Vicente Gimeno Sendra, razona que la Audiencia de Oviedo no tuvo en cuenta que el delito de exhibicionismo sexual del nuevo Código Penal "únicamente contempla como acción típica ejecutar o hacer ejecutar a otros actos de exhibición obscena ante menores de edad o incapaces, circunstancia que no concurría en el sujeto pasivo de los hechos enjuiciados".
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