El Constitucional anula una condena judicial por falta de garantías
El Tribunal Constitucional ha anulado la condena dictada por un juez de Ceuta y confirmada por la Audiencia de Cádiz, por estimar que ambos órganos judiciales no respetaron las garantías procesales. El alto tribunal considera que "no existió en el juicio oral prueba de cargo practicada con las debidas garantías y, en consecuencia, no ha quedado desvirtuada la presunción constitucional de inocencia".El juez de lo Penal de Cádiz condenó al marroquí Abselan A. M. a seis años de cárcel por un delito de lesiones, con base en un reconocimiento fotográfico efectuado por la víctima ante la policía y no llevado al juicio oral, así como en la declaración de la víctima durante la instrucción, ya que no compareció al juicio.
La sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Jiménez de Parga, niega valor probatorio al reconocimiento fotográfico, que evaluó, como "una simple actividad de investigación", y a la declaración de la víctima, por no realizarse en presencia del abogado defensor del acusado. Razona que se privó al recurrente del derecho que reconoce el Convenio Europeo de Derechos Humanos a todo acusado: "Interrogar o hacer interrogar a los testigos que declaren contra él".
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