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Los bancos no podrán cobrar más del 22,5% de interés por los descubiertos

El interés que los bancos y cajas cobrarán por los descubiertos en cuentas corrientes no podrá ser superior a 2,5 veces el tipo legal del dinero, según la Ley de Crédito al Consumo aprobada ayer por el Congreso. Durante 1995, el tipo legal -fijado cada año en los Presupuestos Generales del Estado- es del 9%, por lo que el tope máximo para los descubiertos será del 22,5%.Los tipos aplicados actualmente a los descubiertos rondan el 34%, unos intereses "manifiestamente usureros", en palabras del diputado socialista Manuel de la Rocha, quien aseguró que la nueva regulación supondrá "un importante ahorro para las familias a costa de los beneficios de los bancos". Por su parte, la patronal bancaria AEB ha expresado su rechazo al nuevo tope por considerar que "supone un paso atrás en el proceso de liberalización de los mercados financieros".

La ley incluye otras garantías. Los consumidores que compren bienes o contraten servicios mediante créditos no estarán obligados a aceptar la financiación impuesta por el proveedor. Ésta era, hasta ahora, una práctica común de las firmas automovilísticas, que ya se han mostrado contrarias a la nueva normativa.

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