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Legitimidad sindical, legitimidad parlamentaria

La polémica que se ha desatado acerca de la legitimidad de la convocatoria de la huelga general del 27-E, una vez que el Congreso de los Diputados se ha pronunciado de manera abrumadoramente mayoritaria en favor de la reforma de la legislación laboral aprobada por el Gobierno mediante decreto-ley, carece de todo sentido, de la misma manera que tampoco. lo tiene acusar al Parlamento de falta de legitimidad por aprobar unas medidas que están desconectadas de lo que se afirma que es la voluntad mayoritaria de la sociedad.Ni se puede deslegitimar democráticamente el ejercicio del derecho de huelga por parte de los trabajadores y de las centrales sindicales por una votación parlamentaria, ni tampoco se puede deslegitimar democráticamente el ejercicio de la potestad legislativa por el Parlamento por un determinado seguimiento de una convocatoria de huelga. Se trata de cuestiones que, aunque guardan relación entre sí, están situadas en planos distintos, que no pueden confundirse.

Unas centrales sindicales tienen todo el derecho del mundo a convocar una huelga general contra determinadas medidas legislativas, aunque éstas hubieran sido aprobadas por unanimidad. Tal convocatoria no puede ser interpretada como un "enfrentamiento que deslegitima" al Parlamento, sino al contrario, como un reconocimiento de que es el Parlamento quien determina la voluntad del Estado y, justamente por eso, se intenta influir en él para que cambie el sentido de dicha voluntad.

En esto consiste la democracia. Es siempre una lucha entre intereses particulares por convertirse en intereses generales mediante su traducción en la ley votada por el Parlamento. En esta lucha todos los instrumentos constitucional es admitidos son legítimos. Es lo que pretenden los sindicatos. Hasta aquí nada que objetar.

Lo que ya no resulta admisible, es que se trate de deslegitimar la acción del Parlamento, ni a priori ni a posteriori, por el resultado de una convocatoria de huelga.

El Parlamento representa políticamente a la sociedad, es decir, no la representa como una simple agregación de individuos o grupos, sino que la representa en cuanto que manfiesta una voluntad general de dirección del país. En consecuencia, el Parlamento tiene que ponderar permanentemente los intereses sociales enfrentados, a fin de traducirlos de una manera coherente con la orientación que se le quiere dar al país. Por eso no puede plegarse s in más ante la voluntad de los llamados agentes sociales.

Es verdad que determinados intereses particulares pueden llegar a tener tanta relevancia en una cierta coyuntura como para que se conviertan en elementos determinantes en la dirección de la política general de un país. Es algo muy excepcional, pero puede suceder.

Cuando esto ocurre, y cuando la interpretación parIamentaria de esos intereses no ha sido la adecuada, el resultado suele ser una crisis política de considerables proporciones, que casi siempre acaba con una disolución de, la! Cámaras y una convocatoria de nuevas elecciones.

Esto es lo que vamos a tener ocasión de comprobar el 27E. Aunque en este terreno no se dispone de instrumentos de precisión que nos permitan determinar la intensidad del seísmo, todas las sociedades que en el mundo han sido saben valorar políticamente fenómenos sociales como el que vamos a vivir el próximo jueves y decidir si entramos o no en una crisis política no solucionable sin recurrir al cuerpo electoral.

Es entonces cuando podremos comprobar si realmente el Parlamento está de espaldas a la sociedad, como dicen los sindicatos y si, además, lo está en una cuestión tan trascendental que realmente ha dejado de ser representativo del país.

Pero la carga de la prueba corresponderá a los sindicatos. Nadie puede discutir su legitimidad para convocar una huelga general. Pero nadie podrá aceptar su alegato acerca de la falta de conexión entre el Parlamento y la sociedad, si las pruebas que aportan no son concluyentes. Y en este terreno, a la sociedad no hay quien la engañe.

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