La prestación social no discrimina
La prestación social sustitutoria (PSS) del servicio militar, que realizan los objetores de conciencia, no es discriminatoria por el hecho de que no se obligue a las mujeres a hacerla, según el Tribunal Supremo. La resolución del Supremo desestima un recurso del objetor Germán Ramón Baviera contra una sentencia del Tribunal de Madrid, que se pronunció en los mismos términos.


























































