La Audiencia de Valladolid remite a la de Madrid el juicio de Antoni Asunción
La Audiencia de Valladolid dictaminó ayer que no tiene competencia para juzgar al secretario general de Asuntos Penitenciarias, Antoni Asunción, y decidió inhibirse en favor de la Audiencia de Madrid, donde continuará el proceso. El traslado a Madrid supone una importante baza para desactivar la acusación de prevaricación con que el ultra José Fernández Cerra había sentado en el banquillo al responsable de Prisiones y por la que solicitaba seis años de inhabilitación. Cerra, responsable del asesinato en 1977 de cinco abogados laboralistas en la calle de Atocha, de Madrid, no apareció por la Audiencia pese a estar citado como testigo.Asunción está acusado de ordenar, el 15 de junio de 1989, el traslado de Fernández Cerra de Valladolid a la central de observación de Madrid, pese a que el juzgado de vigilancia penitenciaria le había concedido un permiso de seis días. Cerra lo disfrutó semanas después.
Asunción, cuando vio que el proceso iba en serio, prescindió del abogado del Estado y contrató privadamente a Javier Boix, integrante del escuadrón de catedráticos que desmontó la acusación del caso Naseiro con cuestiones previas sobre vulneración de derechos fundamentales.
Boix pidió ayer al comienzo de la vista que la Audiencia se pronunciase sobre su propia competencia. Boix adujo que la Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuye la instrucción de los procesos al juez del lugar donde se comete el delito. Añadió que la prevaricación (dictar a sabiendas una resolución injusta) se consuma cuando se dicta la decisión. Añadió que las dos órdenes de suspensión del permiso de Cerra se dictaron en Madrid por el entonces director general de Prisiones, por lo que corresponde a la Audiencia de Madrid el conocimiento del asunto.
Instruir y juzgar
Subsidiariamente, el abogado planteó una vulneración del derecho de Asunción a un juicio imparcial. Boix recordó que el juez Francisco Salinero Román inició como juez accidental de vigilancia penitenciaria las diligencias contra Asunción, que posteriormente le correspondieron como juez instructor. Para Boix, la apertura de juicio estaba "contaminada" por el inicio de la causa, acto en el que el juez ya apreció un indicio de delito, por lo que se vulneraba el principio de que un juez no puede instruir y juzgar.La primera de las cuestiones planteadas por Boix fue apoyada por el fiscal jefe de la Audiencia de Valladolid y, pese a la oposición del abogado de Cerra, el tribunal acordó inhibirse a favor de la Audiencia de Madrid.
La remisión de la causa a Madrid soslaya las suspicacias en torno al juez instructor del caso, Francisco Salinero, y al magistrado ponente, José Donato Andrés Sariz, el histórico juez de vigilancia que concedió permisos a ultras y beneficios penitenciarios a Cerra, y que debía redactar inicialmente la sentencia.
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