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El Tribunal Superior de Galicia declara "inadmisible" la gestión de votos del PP

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictado una sentencia que considera "inadmisible" el mecanismo utilizado por el Partido Popular para gestionar el voto por correo. Se trata de la primera decisión judicial sobre el supuesto fraude, que siguió caminos similares en otras regiones. El PP ha reconocido que tramitó 80.000 votos por correo en los pasados comicios, en los que este tipo de sufragio aumentó en 100.000 respecto a los 220.000 de las anteriores elecciones locales. En algunas provincias esos votos son decisivos para la Diputación o para el reparto de concejales.

El caso que ha originado esta primera decisión judicial es en sí mismo anecdótico -el recurso presentado en una pequeña población gallega-, pero la doctrina de la sentencia alcanza relevancia si se toma como precedente jurídico.El tribunal anula 137 votos emitidos por correo y gestionados por el Partido Popular para el Ayuntamiento de Laxe (La Coruña), porque las certificaciones censales habían sido remitidas a la sede provincial del PP en La Coruña y no a los electores. correspondientes. La sentencia considera "inadmisible" esta práctica porque "supone un fraude a la Ley Electoral". Sin embargo, y pese a anular los votos, no invalida los resultados de las elecciones en ese municipio, al tener en cuenta que las papeletas anuladas no varían el reparto de concejales.

En Laxe, una población de la Costa de la Muerte con un censo de 3.117 electores del que votó casi el 75%, el PP obtuvo seis concejales, tres el PSG-Esquerda Galega y dos el PSOE. Los 137 votos suponen un 6% de los emitidos. Casi un centenar de los supuestos votantes del PP estaban emigrados en Europa y América desde antes de que se abriera el plazo de solicitud para votar por correo, por lo que no pudieron tramitarlos personalmente, ni escoger la papeleta.

La sentencia, en la que actuó como ponente el magistrado Javier d'Amorín, ex director general de Justicia de la Xunta que presidió Gerardo Fernández Albor (de Alianza Popular), considera que la ley permite el voto por correo sólo en aquellos casos de fuerza mayor que impidan la tramitación personal y, por el contrario, la gestión colectiva "es una extralimitación y una distorsión de la ley". El tribunal confirma asimismo los resultados de las elecciones en Santiago de Compostela y Cambre (La Coruña), Baiona y Poio (Pontevedra), y Arnoia (Orense), que también habían sido objeto de recurso, por considerar que las irregularidades denunciadas en esos casos eran "errores irrelevantes que siempre serán frecuentes en una Administración electoral no especializada e integrada, en lo que se refiere a las mesas electorales, por ciudadanos designados por sorteo".

Salamanca

El alcalde de Salamanca en funciones y cabecera de lista electo por el Partido Popular, Fernando Fernández de Trocóniz, se ha personado en la causa penal que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 3 de Salamanca sobre el presunto fraude electoral mediante manipulación del voto por correo. La acción de Fernández de Trocóniz, en representación del grupo de concejales electos por el PP, se entiende como una concesión a Carlos Adame, el único concejal del CDS que puede condicionar con su voto la elección de alcalde y que fechas atrás pidió al PP que se personara en las diligencias judiciales para mostrar su interés en que se desentrañe el presunto delito, informa El titular del Juzgado de Instrucción ha pedido ya por escrito la comparecencia de Manuel Estella Hoyos, presidente de las Cortes de Castilla y León, en su condición de presidente del PP en Salamanca. Los abogados de la acusación, representada por PSOE, CDS e IU, consideran necesaria la comparecencia de Estella Hoyos para que declare quién encargó la campaña del voto por correo a José María Moreno Balmisa, ya que ni el secretario general ni el gerente pudieron concretarlo en sus declaraciones.

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