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La demanda de UGT contra CC OO, vista para sentencia

La sala de vacaciones de la Audiencia Nacional dejó ayer visto para sentencia el juicio promovido por UGT contra Comisiones Obreras con motivo del preaviso efectuado por esta central para la convocatoria de las elecciones sindicales en 200.000 empresas. El fallo, que pondrá fin a la llamada guerra de preavisos, se espera para los primeros días de la próxima semana.Tras la vista, Antón Saracíbar secretario de Organización del sindicato demandante y su homólogo de CC 00, José María de la Parra, se acusaron de falsedad y cinismo en los argumentos expuestos y dudaron de las garantías de la procedencia de algunas de las pruebas argumentales. Saracíbar, de UGT, afirmó qué "las argumentaciones de Comisiones no tienen rigor, no son serias" y añadió que estaba "absolutamente convencido de que se ha utilizado la falsedad, la mentira y hay una actitud de cinismo que no podemos entender".

Por su parte, Jose María de la Parra de CC OO, respondió que "si nos ponemos a hablar de falsedad, la prueba más evidente es negar en el juicio que había un acuerdo entre los dos sindicatos para fijar el periodo de cómputo de las elecciones [del uno de octubre al 15 de diciembre], y para comprobarlo se puede recurrir a las hemerotecas".

Sus críticas se extendieron a las pruebas presentadas en el juicio por UGT. "Mientras se nos acusa de tener, hasta cierto punto, el favor de la Administración", comentó de la Parra, "nos hemos visto sorprendidos por el hecho de que UGT haya presentado como prueba, el acta de la reunión de la Comisión Nacional ,de Elecciones que todavía no se nos ha entregado a nosostros".

Con respecto a las acusaciones formuladas por UGT en su demanda, sobre un,presunto abuso de derecho de Comisiones Obreras, José María de la Parra afirmó que "no hay tal abuso cuando se ejerce algo que está contemplado en la legislación y que es extensivo al conjunto de los sindicatos". El sindicalista de CC 00 añadió que "si uno de ellos se ha anticipado, podrá haber sido porque el otro se ha inhibido, ya que conocía que tenía la oportunidad de ejercer ese derecho".

Órgano no competente

Durante la vista del juicio, el representante legal de Comisiones, Ángel Martín, alegó que eran los juzgados de lo social el órgano competente para dictar sentencia cuando se trata de materia electoral y no la sala de vacaciones de la Audiencia Nacional.Durante los días previos al juicio, UGT y CC OO díscutieron un acuerdo de conciliación, pero no se llegó al pacto al no aceptar ninguna de las partes las tres alternativas presentadas. La discusión se centró en la fijación del porcentaje del censo de empresas (de la provincia o comunidad autónoma) en las que se podía preavisar diariamente.

El magistrado de la sala de vacaciones, Alfonso Villagómez propuso que cada central preavisase en el 3% de las empresas, opción aceptada por los ugetistas (que en su propuesta ofrecían un 4,5% para cada una), pero rechazada por CC OO (que en la suya ofrecía un 3% para ambos sindicatos). Tampoco coincidieron las centrales en qué entender por censo electoral (si se debe mantener el 100% durante todo el proceso electoral o ir descontando del total las empresas que hayan votado).

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