La credibilidad de los jueces
Piensa el articulista que una parte de la pérdida de credibilidad ciudadana en los jueces se debe a la judicialización de los problemas de la cosa pública. El hábito de superar los conflictos por la amenaza del varapalo judicial en lugar de por la vía de la transacción política o cívica explicaría parcialmente el descontento.
Según una encuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), de la que ha dado cuenta la Prensa diaria, la confianza de los españoles en los jueces ha disminuido. Lo que no aclara la encuesta, o al menos no se refleja en el resumen periodístico, es cuáles son las causas a juicio de los encuestados ni cuáles las soluciones que ellos mismos adoptarían. Pero la noticia no debe dejarnos indiferentes.La cuestión es grave, y todos, y de modo principal quienes integramos los poderes públicos, hemos de formularnos aquellas preguntas. Ha de abrirse definitivamente en nuestro país ese debate sobre la justicia que no acaba de arrancar.
Por mi parte, voy a intentar acercarme al problema reflexionando públicamente sobre alguna de las causas y aportando- alguna posible solución. No está en mi ánimo realizar un análisis corporativista, y si no lo consigo, no debe buscarse la razón en el deseo de ocultar datos, sino en el saludable empeño de contribuir a que los jueces recuperen ante la opinión pública el grado de credibilidad que realmente les corresponde. Y ello para colaborar en la fijación de un punto de partida más ajustado del que puedan arrancar las soluciones pertinentes.
Voy a dejar a un lado las causas individuales, ya que en nuestro colectivo, como en cualquier otra agrupación humana, cada uno de sus miembros es caracteriológicarnente distinto a los otros y, por fortuna, con una personalidad diferente. Ello no quiere decir que reste importancia a la influencia que sin duda tiene el buen o mal humor de un juez, su grado de flexibilidad o rigidez, su propensión al. dinamismo o a la parsimonia o su mayor o menor equilibrio personal. Gran parte de las disfunciones actuales podrían evitarse atendiendo este frente personal con un poco de imaginación y pragmatismo.
Dicho esto, veamos algunos otros hechos que, a mi modo de ver, explican mejor esta merma de confianza en los jueces.
De súbditos a ciudadanos
En este país, afortunadamente, va en aumento la cultura-conciencia del status de ciudadano. Poco a poco, el tejido social va desprendiéndose de las coordenadas de miedo-sumisión-entreguismo por las que se han regido las relaciones de las personas individuales con los poderes públicos durante las cuatro décadas de régimen autoritario que hemos padecido. A ello contribuyó de modo principal la Constitución de 1978, que nos elevó formalmente de la categoría de súbditos a la de ciudadanos y a la que, con cierta lentitud, vamos dotando también de contenido materiaL El ciudadano, que mal pudo verse como "portador de valores eternos", va percibiendo que lo que sí es acreedor de amparo, sujeto titular de derechos en y/o frente a los poderes de ese Estado social y democrático de derecho en que nos hemos constituido, y también sujeto activo y copartícipe en el establecimiento de la sociedad democrática avanzada que proclama el preámbulo de la Contitución.
No es de extrañar, por tanto, que se hayaproducido en el país una mayor demanda de justicia. Y hay que preguntarse por la respuesta que están dando los jueces y también la que dan los otros poderes del Estado.
Que la Administración de justicia no funciona como debiera en todos y cada uno de sus órganos jurisdiccionales es algo público y notorio. No obstante, también es cierto que algunos funcionan bien. Y que en igualdad de condiciones unos funcionan mejor que otros.
No voy a detenerme ahora a analizar el grado de influencia que en esta situación está teniendo una incorrecta demarcación judicial, una distribución no equilibrada del trabajo, una falta de racionalización y modernización de la oficina judicial o la complejidad de los actuales cauces procesales, como también las incomodidades que el ciudadano sufre diariamente en muchas de pendencias judiciales por razón de espacio, mobiliario o condiciones ambientales. Baste decir que esta inadecuación de medios, aunque juegue un papel importante, creo que no es la determinante exclusiva de que la justicia no funcione ni puede ser tomada frente a la ciudadanía como excusa de otras carencias.
Es a estas últimas carencias a las que me quiero referir especialmente, por entender que están entre las causas más profundas de esta pérdida de credibilidad.
Corrientes neoliberales
En primer lugar, parte de ese descontento popular puede deberse, más que al mal funcionamiento de la Administración de justicia, a una legislación sustantiva estrecha de miras y todavía muy alejada de los mandatos constitucionales. Las corrientes neoliberales en boga están impidiendo la promulgacIón de leyes que conviertan en auténticos derechos subjetivos los principios rectores de la política social y económica que proclama el capítulo III del título I de la Constitución. Y mala cosa es que los jueces, para hacer justicia, se vean tentados a hacer de legisladores.
En segundo lugar, otra parte de ese descontento hay que apuntarlo en la cuenta de otro fenómeno ajeno a los jueces: la judicialización de los problemas de la cosa pública. La cultura de la superación de los conflictos por la vía de la transacción política o cívica viene siendo sustituida por la amenaza del varapalo judicial, haciendo recaer sobre los jueces problemas cuya solución debe ser política. ¿Cuántas tensiones entre los jueces y otras instituciones del Estado se deben a la utilización del juez como arma arrojadiza o como mera estratagema con la que disimular la propia impericia y/o miedo al fracaso político? ¿Cuántas frustraciones del ciudadano que busca amparo en los tribunales ante las disfunciones de la variada gama de administraciones públicas tienen su origen en la lentitud de la justicia propiciada por las muchas reclamaciones cuya procedencia conocen dichas administraciones públicas? ¿Cuántas reclamaciones obedecen a la cómoda e incomprensible cultura del abuso del silencio administrativo o al hecho de lanzar problemas hacia el futuro para que los herede un tercero? Y cuando al fin llega la sentencia judicial, ¿por qué se retrasa su ejecución por los órganos administrativos?
Por último, otra parte de esa pérdida de confianza hay que atribuirla a los propios jueces. Si los organismos judiciales globalmente considerados han aumentado de forma importante su productividad y, a pesar de ello, sigue disminuyendo su credibilidad, hay que pensar que la causa está en los criterios que informan el contenido de la respuesta a la demanda de justicia que formula el ciudadano.
Ahora bien, el ciudadano no debe sorprenderse demasiado de esto. No todos los jueces, como tampoco no todos lo demás integrantes de los otros poderes del Estado, se han tomado en serio el principio de efectividad contenido en el artículo 9, 2º de la Constitución.
Unos, porque se encuentran a gusto anclados en sus posiciones de rancio sabor conservador y ahoran los tiempos en que la credibilidad se derivaba directamente de la autoritas, del imperium, del mero uso de la toga.
Otros, por indiferencia. Ser juez es un modus vivendi como otro cualquiera.
Y otros jueces porque prefieren continuar aferrados al supuestamente aséptico enclaustramiento técnico-jurídico. Para ellos, la obligación derivada del artículo 3 del Código Civil -interpretar las normas también en relación a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas atendiendo fundamentalmente el espíritu y finalidad de aquéllas- debe ser acatada siempre y cuando no se ponga en peligro la "certeza del derecho", la "seguridad jurídica" en sentido kelseniano. O sea, en muy contadas ocasiones.
Considero que solamente la crítica pública y la persistente exigencia de respuestas acordes a las necesidades actuales de justicia podrán hacer variar los planteamientos de algunos de los jueces de los tres grupos anteriores. Otra parte de estos jueces variará por la lenta, pero imparable, penetración del aire fresco de la nueva cultura jurídica que tiene como columna vertebradora el citado artículo 9, 2º y que se apoya en el impulso dado por el Tribunal Constitucional a la aplicación directa de la Constitución por los jueces. Pero la sociedad deberá asumir que, pese a todo, habrá también algunos jueces que no respondan a sus requerimientos de sintonización con los problemas sociales. Frente a este último grupo puede ser aventurado bajar la guardia de la crítica pública.
Vivir la independencia
No sería justo terminar este anáisis sin hacer alguna referencia más concreta a aquella parte de la judicatura que se siente interpelada por el principio de efectividad a que antes me refería. La sociedad debe saber que también hay jueces que son conscientes de que la credibilidad no se otorga, sino que se conquista con el actuar de cada día. Jueces que viven su independencia no como privilegio, sino como herramienta de amparo, como baluarte garantista de los derechos fundamentales del ciudadano no sólo frente a actuaciones prepotentes de las instituciones públicas, sino también frente a los poderes de facto. Jueces que superan la histórica contraposición autoridad / súbdito con la afirmación de la Administración de justicia como servicio público al ciudadano. Jueces que se sienten garantes de los espacios de libertad que la dinámica social tiende a conseguir, denunciando individual o colectivamente cualquier intento de recortar tales espacios. Jueces, en definitiva, que se sienten "reformadores de profesión" (Ferrajoli, 1988) ante la separación que siempre existe entre Constitución y derecho positivo, entre normatividad y efectividad, llevando su función de tutela más allá de la pura literalidad de la ley bajo las coordenadas de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político que la Constitución propugna como valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico. Pero también jueces que se saben responsables, jueces que hacen autocrítica en un grado muy superior a la de la inmensa mayoría de las instituciones públicas. Jueces que propugnan la transparencia y valoran la crítica pública no sólo como uno de los instrumentos más eficaces de control de las resoluciones judiciales, sino también como meca nismo de refuerzo de su propia independencia. Pero asimismo jueces que interesan de los otros poderes del Estado la dotación de recursos personales, materiales y legales adecuados al momento presente y con los que poder atender la creciente demanda de justicia de los ciudadanos, y, en consecuencia, jueces que denuncian públicamente las deficiencias cuando están ya agotados sin éxito los cauces ordinarios de reclamación. Jueces que saben que esta actitud trae problemas, pero aceptan el reto en aras de esa utopía de la justicia como auténtico servicio público que sólo un pacto de Estado y la colaboración de todos puede hacer realidad.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.