La AFE califica de "inadmisibles" las reformas de la Liga Profesional
La junta directiva de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) se reúne mañana, lunes, para debatir lo que considera "inadmisible planteamiento de indemnizaciones, entre clubes por fichajes de jugadores libres", así como "la asombrosa redacción del nuevo proyecto de contrato clubes-jugadores que se pretende imponer y que recuerda tiempos pasados", según José López, coordinador general del sindicato.
La AFE confía en que el Ministerio de Trabajo promulgue la nueva ordenanza laboral, que, en opinión de López, "más tarde o más temprano dejará en papel mojado estos temas".Para el martes estaba prevista la reanudación de las negociaciones entre el sindicato y los clubes para tratar un nuevo convenio colectivo, puesto ahora en peligro ante las fuertes diferencias de criterio. José López, coordinador del sindicato de los futbolistas, estima: "Con la aparición de la nueva ordenanza laboral, que aún esperamos por parte del Ministerio de Trabajo, estas cuestiones se remitirán a las negociaciones del convenio".
Al margen de las indemnizaciones entre los clubes por el traspaso de un jugador, la AFE denuncia el modelo de contrato que intenta imponer la Liga Profesional de clubes. En él se especifica que los futbolistas podrán pasar un período de prueba al fichar por un club (cláusula cuarta): "Ambas partes establecen un período de pruebas cuya duración será de un máximo de tres meses, pudiendo cualquiera de ellas desistir del presente contrato en el transcurso del mismo, sin necesidad de previo aviso ni derecho a indemnización". Esta cláusula ya se contempla en contratos con aficionados. El presidente del Barcelona, Josep Lluís Núñez, intentó utilizarla con Daniel Solsona, jugador entonces del Español.
La cláusula primera señala que "por interés del club, y si lo permiten los reglamentos de competición de la federación, el jugador deberá participar con los otros equipos del mismo club inscritos en competición oficial".
El contrato regula que "el club podrá optar por prorrogar el presente contrato por una sola vez y por el tiempo que se pacte". La cláusula séptima especifica: "La necesidad de que el jugador mantenga una vida ordenada acorde con su profesión de deportista, en cuanto a su alimentación, descanso y preparación".
La octava dice: "El jugador no podrá dedicarse a niguna otra actividad profesional sin previa autorización del club". La novena: "Deberá conocer los reglamentos de competición y de régimen disciplinario, obligándose a cumplirlos y a aceptar las multas y descuentos que por sanciones le correspondan".
La décima: "El jugador deberá llevar las prendas o vestimenta deportiva siempre que éstas se las facilite el club, así como el patrocinador publicitario que el club tenga contratado". En la undécirna, el jugador se compromete a no percibir "cantidad alguna en concepto de derecho de imagen, ni podrá oponerse a que sea retransmitido por televisión, radio o cualquier otro medio o comercializadas las imágenes de los partidos o desplazamientos en que participe con el club, aun cuando éste perciba contraprestación por tales actividades". No se considera jornada de trabajo "el tiempo de los desplazamientos, las pretemporadas, excepto en el tiempo que constituya prestación efectiva de trabajo, y las concentraciones prepartido y pospartido".
El descanso semanal será de 36 horas, de las que al menos 24 serán continuas. El club también puede, si lo desea, obligar al jugador a desplazarse aunque no esté convocado. El club se compromete a acordar la prima de fichaje, el sueldo y pagas extras y a pagar el día 30 de cada uno de los 12 meses.
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