El fiscal impugna por tercera vez la puesta en libertad de Buxeres y Sampere
El fiscal del Juzgado de Instrucción número 17, José María Mena, presentó ayer un recurso, el tercero que presenta en 48 horas, impugnando la decisión de la sección sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona por la que se puso en libertad al agente de Cambio y Bolsa Alejo Buxeres Pons y su apoderado Juan Sampere de Luna. Según fuentes jurídicas, la utilización de avales bancarios para el pago de la fianza no se ajusta a lo que marca la ley.Alejo Buxeres y Juan Sampere formalizaron el pago de la fianza de 40 millones de pesetas impuesta para cada uno por la Audiencia Provincial mediante avales del Banco del Comercio y de la Banca Jover. Según el fiscal, los avales bancarios no son instrumento adecuado para pagar las fianzas, al no estar incluidos en las previsiones del artículo 591 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que trata de los distintos tipos de fianzas. Fuentes jurídicas coincidentes con las posiciones del fiscal precisaron, que "los fiadores deben ser personas físicas". Otras fuentes señalan que el aval garantiza el cumplimiento de una obligación, pero no la sustituye.
El pasado 14 de mayo el fiscal presentó un primer recurso contra la decisión de la Audiencia de rebajar la fianza fijada por el juez de 240 millones de pesetas para cada uno a 40 millones de pesetas. El fiscal se opuso por considerar que los procesados tenían recursos económicos suficientes.
Sin embargo, Buxeres y Sampere fueron puestos en libertad el mismo día presentando los avales señalados. Ello motivó que el fiscal presentase, al día siguiente, un segundo recurso alegando que la puesta en libertad de los encarcelados se había producido antes de que alcanzase firmeza la rebaja de las fianzas, ya que estaba pendiente de resolución el primer recurso, sobre el caso. En consecuencia el fiscal solicitaba el reingreso en prisión de los procesados.
La Audiencia dictó ayer un nuevo auto en el que ratificó la concesión de libertad provisional de Alejo Buxeres y Juan Sampere acordada el pasado día 14. El auto señala que aunque la rebaja de las fianzas no era firme en el momento de la prestación de las fianzas, es como todo auto referente a la libertad y a la prisión provisional inmediatamente ejecutorio.
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