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El PSOE hará notar su mayoría en la próxima renovacion del Tribunal Constitucional

La dirección del PSOE tiene establecido un calendario que asegura que la actual mayoría parlamentaria se hará notar en la composición del -poder judicial y del propio Tribunal Constitucional antes de que finalice la actual legislatura. Dichas previsiones culminan en febrero de 1986, con la renovación de cuatro miembros del alto tribunal, legalmente irreelegibles. Las primeras novedades se producirán en los próximos días y afectan a la eliminación del recurso previo de inconstitucionalidad y al conflicto de competencias entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Congreso de los Diputados sobre la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que mañana inicia su trámite en el Senado.

La tensión institucional producida en los meses pasados entre el Parlamento y el poder judicial volverá a actualizarse esta misma semana, cuando cumple el plazo para que el CGPJ decida plantear o no ante el Tribunal Constitucional conflicto de competencias con el Congreso de los Diputados. El pasado 30 de abril, el Congreso contestó al requerimiento del órgano de gobierno del poder judicial en el sentido de que la Cámara actuó "en el ejercicio constitucional y legal de sus atribuciones" cuando decidió introducir en el proyecto de LOPJ la elección parlamentaria de los 12 vocales del CGPJ que hasta ahora elegían los jueces y delegar en el Gobierno la potestad reglamentaria sobre el estatuto judicial.Fuentes oficiosas del CGPJ aseguraron a este periódico que la extensa y documentada respuesta de la Mesa del Congreso no disuadirá a la mayoría conservadora del Consejo del Poder Judicial de su propósito de plantear el conflicto. El jefe del gabinete de estudios del CGPJ, Fernando Lorente, ha preparado el documento a presentar en el Tribunal Constitucional, que ha sido revisado personalmente por el presidente del Consejo, Federico Carlos Sainz de Robles.

En caso de que el alto tribunal admita el conflicto a trámite, en el plazo de 10 días desde su recepción dará traslado al Congreso de los Diputados, al que fijará un mes para que formule alegaciones. Igual plazo se establecerá para el Gobierno, el Senado y las comunidades autónomas, órganos todos ellos que podrán comparecer en apoyo del demandante o del demandado. El Tribunal Constitucional puede establecer otro plazo de un mes para solicitar informaciones, aclaraciones o precisiones complementarias. Concluido uno o ambos plazos, el Tribunal Constitucional resolverá dentro del mes siguiente. Así pues, la sentencia que determinará a qué órgano corresponden las atribuciones controvertidas se conocerá probablemente entre julio y agosto próximos.

El difícil calendario de la ley

Mientras tanto, el Parlamento continúa la tramitación legislativa de la LOPJ. Precisamente el Senado inicia mañana, a nivel de ponencia, el estudio del proyecto de LOPJ, cuyos textos conflictivos para la mayoría conservadora de la judicatura serán mantenidos y aún pueden ser endurecidos en la Alta Cámara. Según la ponente y senadora socialista Francisca Sauquillo, la mayoría de las 302 enmiendas de su grupo es de carácter técnico. Por el momento no se han materializado en textos concretos las posiciones socialistas que trataban de homogeneizar con el resto de la función pública el régimen de incompatibilidades, jubilaciones y retribuciones de los magistrados.

No hay nada decidido sobre estas materias, que, según algunos sectores del PSOE, han obtenido un tratamiento privilegiado en el Congreso, y que todavía podrán ser modificadas en el Senado, aceptando enmiendas del Grupo Mixto o negociando sobre ellas. Está previsto dedicar esta semana al debate en ponencia, y las próximas, a la discusión en comisión, de modo que el próximo 11 de junio se inicie su estudio en el Pleno del Senado. Si se producen modificaciones, el proyecto de LOPJ deberá volver al Congreso para su aprobación definitiva.Para los socialistas, los problemas de calendario de esta ley son delicados, porque se encuentra afectado por dos fechas límites. Una, conocida, es el 23 de julio de 1985, día en el que, de no estar en vigor la nueva ley, la Junta Electoral creada por la vigente ley orgánica del CGPJ convocará, de acuerdo con ella -según ha anunciado su presidente, Sainz de Robles-, las elecciones de los 12 vocales de procedencia judicial entre los propios jueces y magistrados. Otra, desconocida, la de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso previo contra la ley socialista que trata precisamente de suprimir dicho recurso.

La primera fecha aconseja acelerar la tramitación de la LOPJ; la segunda exige ralentizarla para evitar que, una vez aprobada por el Parlamento, el Grupo Popular presente el anunciado recurso previo, que bloquearía la entrada en vigor del nuevo sistema de elección de los 12 vocales judiciales del CGPJ.Inminente sentencia

Sin embargo, este riesgo parece que va a ser despejado en breve plazo. Altas fuentes socialistas consideran "inrninente" la sentencia sobre el recurso previo, y así se confirma también en medios oficiosos del propio Tribunal Constitucional.

,Algunas de estas fuentes han pronosticado que esta misma semana se producirán noticias sob-re esta sentencia, que en todo caso se adelantará al pronunciamiento del alto tribunal sobre la ley orgánica del Derecho a la Educación (LODE). Aunque los debates informales sobre la LODE ya han comenzado entre los magistrados, la complejidad de esta ley ha aconsejado anticipar la decisión sobre la ley que suprime el recurso previo, en torno a la cual existe una mayoría decantada en contra del recurso.

En ese sentido parece ir el texto elaborado por el ponente Francisco Rubio Llorente, que no es probable que registre excesivas resistencias.Si, como esperan los socialistas, el riesgo del recurso previo se esfuma, la LOPJ verá las páginas del Boletín Oficial del Estado con tiempo suficiente para que los 20 vocales del CGPJ resulten elegidos por el Congreso y el Senado y el próximo 23 de octubre pueda. constituirse, por un mandato de cinco años, el nuevo órgano de gobierno del poder judicial, al que corresponderá, como primera medida, designar a quienes habrán de relevar a los 197 magistrados -23 de ellos del Tribunal Supremo- a los que, según la nueva ley, corresponderá jubilarse en 1986.

Al nuevo CGPJ corresponderá también designar a los dos magistrados del Tribunal Constitucional que habrán de sustituir, en su momento, a los dos de ese mismo origen: Ángel Escudero del Corral, propuesto por el CGPJ, junto a Plácido Fernández Viagas, el 7 de noviembre de 1980, y Francisco Pera Verdaguer, designado para sustituir a este último, a su muerte, en diciembre de 1982.

Entre el 22 de octubre y el 22 denoviembre próximos -esto es, dentro del cuarto mes anterior al 22 de febrero de 1986, fecha en que se cumplen los seis años desde la inicial designación, en 1980, de lo

primeros magistrados- habrá de realizarse el sorteo que establece la citada disposición constitucional, para resolver el grupo de magistrados a relevar.

La renovación

Tal renovación podrá corresponder a los cuatro citados o a los cuatro elegidos por el Senado: el presidente, Manuel García Pelayo, y los magistrados Gloria Begué, Luis Díez-Picazo y Ángel Latorre Segura.

Al otro grupo, el de los cuatro magistrados restantes -Manuel Diez de Velasco, Francisco Rubio Llorente, Francisco Tomás y Valiente y Antonio Truyol Serra-, elegidos en su día por el Congreso, correspondió por sorteo la primera renovación, que se resolvió con su reelección.

Cambio con cuatro años de retraso

Sí el optimismo de los cálculos socialistas no se frustra, el 22 de febrero de 1986 la composición del Tribunal Constitucional acusará, con casi cuatro años de retraso, el efecto del cambio parlamentario operado el 28 de octubre de 1982. La mayoría socialista se dejará notar en el relevo de los cuatro magistrados a elegir por el Senado, sí es este grupo de magistrados el que corresponde renovar, y más aún si es a los dos de designación gubernamental y a los dos a designar por el CGPJ, a quienes hay que sustituir, especialmente si para entonces se ha producido la elección parlamentaria de los 20 vocales del Consejo General.Sin necesidad de acudir al maniqueísmo de clasificar a los magistrados en conservadores y progresistas -cuando el alineamiento de los 12 miembros del alto tribunal ha registrado todo tipo de combinaciones-, y salvando siempre el requisito constitucional de que se trate de "juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional", no puede caerse tampoco en la hipocresía de prescindir de la ideología ni dejar de valorar que la mayoría política del Parlamento, del Gobierno o del Consejo General del Poder Judicial habrán de tener en cuenta las ideas y hasta la trayectoria política de los candidatos a miembros del alto tribunal.

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