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Las sociedades laborales necesitarán como mínino 10 socios para su constitución

Las sociedades laborales no podrán constituirse con menos de 10 socios, y cada socio no podrá poseer más del 25% de las acciones de la sociedad, según el anteproyecto de ley de Sociedades Laborales, adelantado ayer por el director general de Cooperativas, Sebastián Reyna, en las jornadas que sobre este tema se han venido celebrando en Madrid.

El anteproyecto de ley recoge que las sociedades laborales deben estar constituidas como mínimo por 10 socios, que podrán ser tanto personas jurídicas, como entidades públicas. Cuando se trate de personas jurídicas, los socios individuales no podrán tener más de 25% de las acciones. En el caso de las entidades públicas, éstas podrán acceder como máximo al 49% de las acciones. Es decir, que el 5 1 % siempre ha de estar en manos de los socios de la compañía.Cuando un socio cause baja, los trabajadores accionistas y la propia sociedad tendrán derecho, por ese orden, a comprar sus acciones. En el caso de que exista un crédito, el anteproyecto especifica que las acciones no podrán enajenarse sin el conocimiento y la autorización del organismo que lo concedió. Al mismo tiempo se especifica que las sociedades laborales están obligadas a disponer de un fondo de reserva especial, equivalente al 10% de los beneficios.

Por otra parte, las sociedades laborales no podrán contratar trabajadores asalariados eventuales por encima del 15% del total de los socios trabajadores.

La base legal de las sociedades laborales será la misma de las sociedades anónimas, y, en consecuencia, habrán de inscribirse en el Registro Mercantil.

Fin de las contradicciones

El director general de Cooperativas, Sebastián Reyna, justificó la nueva ley de sociedades laborales en la necesidad de acabar con las contradiciones existentes en la actualidad entre este tipo de sociedades y las sociedades anónimas.

Como ejemplo de lo anterior se refirió a la imposibilidad de proceder a la transmisión de acciones, razón por la que muchas sociedades laborales ni siquiera figuran en el Registro Mercantil.

Según Esteban Reyna, con el nuevo proyecto de ley se trata de regular en forma clara el papel y las posibilidades que tienen las sociedades laborales.

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