El Estado deberá pagar 13,5 millones a un herido por un disparo de la policía
El Estado deberá pagar 13.500.000 pesetas a un delincuente que quedó inválido por los disparos de un policía. Esta sentencia ha sido dictada por la Sección Quinta de lo Penal de la Audiencia Provincial de Barcelona, la misma que ha procesado a los tres inspectores de policía que participaron en la muerte del miembro de los GRAPO (Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre) Martín Luna, ocurrida el 5 de diciembre de 1982.
Con esta resolución se modifica parcialmente la decisión adoptada el pasado 14 de septiembre por el Juzgado de Instrucción número 10, que condenó al Estado a pagar una indemnización de 20 millones de pesetas.
Esta indemnización fue muy debatida en medios jurídicos, por considerarse una de las más elevadas impuestas al Estado por un incidente similar.
La historia de este procedimiento judicial se remonta al 22 de mayo de 1982, cuando a la 1.30 horas un coche patrulla de la policía descubrió en el interior de un automóvil a unos jóvenes que estaban robando.
El conductor del vehículo policial, Amalio Santos Guerrero, persiguió a pie a uno de los delincuentes, al que conminó con un disparo al aire para que se detuviera.
Lesiones graves
En plena carrera, el policía cayó al suelo, lo que provocó que el arma se disparara de nuevo. La bala alcanzó al joven Antonio Danielle Parella, de 17 años de edad, de nacionalidad italiana, que quedó paralítico de ambas piernas y sufrió otras lesiones graves, como la incapacidad sexual o la imposibilidad de controlar los esfinteres urinarios y anales.Mientras Antonio Danielle Parella era condenado por un delito de robo, en grado de frustración, el mismo juzgado abría unas diligencias judiciales contra el policía por un delito de imprudencia temeraria.
La acción judicial fue instruida por el juez Pedro Martín, titular del juzgado número 10, que ha investigado también la muerte de Martín Luna.
El magistrado Pedro Martín, que juzgó y sentenció el caso el pasado mes de septiembre, impuso una multa de 20.000 pesetas al policía por una falta de imprudencia simple y condenó al Estado a pagar una indemnización de 430.000 pesetas por las lesiones y 20 millones por las secuelas. La sentencia aseguraba que la conducta del policía fue imprudente, por cuanto el accidente era "previsible y evitable" por una persona medianamente prudente.
La sentencia fue recurrida por el abogado del Estado y por el ministerio fiscal ante la Audiencia, por considerar que el acusado debía ser absuelto y creer además que la indemnización era excesiva. En la nueva sentencia dictada ahora por la Audiencia se respeta cada una de las decisiones de la anterior resolución, si bien se modifica la cuantía que deberá pagarse al joven lesionado.
En el acto del juicio oral, Juan Antonio Roqueta, abogado del lesionado, había reclamado una indemnización de 30 millones de pesetas, mientras que el fiscal pidió que la indemnización fuera de siete millones.
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