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La acusación particular pide mayor pena para el autor material de la muerte de Andrés García

El abogado de la acusación particular, letrado José María Mohedano, elevó ayer su petición de pena, de trece a dieciséis años, para José Luis Martínez Merino, presunto autor material de la muerte del militante del PCE Andrés García durante la vista del juicio que sobre este caso se celebra en la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid. La solicitud de mayor pena por parte de la acusación particular se produjo tras el informe presentado al tribunal por varios psicólogos y psiquiatras requeridos por el fiscal, el acusador particular y las defensas, quienes manifestaron que Martínez Merino, militante del grupo ultraderechista Frente de la Juventud, es un sujeto socialmente peligroso, que podría volver a repetir lo que hizo, dada su desviación de personalidad, que le hace muy irritable.

La vista del juicio por la muerte del joven Andrés García, ocurrida en la tarde del 29 de abril de 1979 en la calle de Goya, de Madrid, se reanudó alas 11.30 horas de ayer con la práctica de diversas pruebas periciales sobre el estado mental del principal procesado, y se reanudó por la tarde con los informes finales del fiscal, del acusador y de las defensas.Antes de procederse a la práctica de estas pruebas, consistentes en los informes elaborados por tres peritos psiquiatras, dos psicólogos y un catedrático de Medicina Legal, el tribunal escuchó el testimonio de un inspector del Cuerpo Superior de Policía, citado a instancias de las defensas, y que intervino en las diligencias policiales efectuadas a raíz de la muerte de Andrés García. En su declaración manifestó lo siguiente: «No llegué a participar en la detención de José Luis Martínez Merino, si bien mis compañeros que la practicaron me aseguraron que éste se confesó espontáneamente autor del hecho, y dijo que lo hizo sin pretenderlo».

«En las declaraciones que prestó en las dependencias policiales no fue coaccionado por nadie, ni física ni psicológicamente, y cuanto manifestó reflejaba la misma espontaneidad de que hizo gala en su confesión inicial». La declaración de este testigo, traído por las propias defensas, contradice las declaraciones prestadas por los inculpados ante el tribunal, que rectifican las efectuadas ante la policía, alegando que las habían prestado bajo coacciones.

Desviación de la personalidad

Los informes aportados por los psiquiatras y psicólogos sobre la personalidad de Martínez Merino afirman, en resumen, que éste sufre una desviación de la personalidad que le hace ser muy irritable. Es una persona socialmente peligrosa, que podría volver a repetir lo que hizo, a consecuencia del más mínimo estímulo. Esa desviación de la personalidad no le hace, sin embargo, enfermo mental, y podría recuperarse de ella con un tratamiento no asistencial, es decir, sin necesidad de ser internado en un centro psiquiátrico.En concreto, el doctor López Baeza, del Departamento de Psiquiatría de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, manifestó que los comportamientos del procesado son parecidos a los de quienes se incorporan a organizaciones armadas, como GRAPO y ETA, por una necesidad de autoafirmación o agresividad y un desviado afán de aventura.

También declaró el médico forense que practicó la autopsia de la víctima, quien afirmó que ésta tenía dos heridas, una de las cuales era mortal de necesidad y parecía haber sido infligida en el momento que la víctima se inclinaba por el dolor que le había producido la anterior. Añadió que de la autopsia no se deducen datos que permitan asegurar que Andrés García estuviera o no sujeto mientras era apuñalado, ni que hubiese o no recibido golpes.

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Tras los informes periciales, el fiscal, el acusador particular y las defensas elevaron al tribunal sus conclusiones definitivas. El fiscal mantuvo sus primitivas peticiones, en el sentido de solicitar una pena de ocho años para los procesados José Luis Martínez Merino y Federico Baudín, y la absolución para el procesado Claudio Alonso Becerro de Bengoa, además de una indernnización de dos millones de pesetas para los herederos de la víctima.

El abogado de la acusación particular, que mantiene que los hechos constituyen el delito de asesinato, elevó a dieciséis años su primitiva petición de trece años de reclusión menor para Martínez Merino, y mantuvo la de trece años para cada uno de los otros dos procesados, además de solicitar una indemnización de cuatro millones de pesetas.

El defensor de Martínez Merino rebajó su petición de pena de dos años a seis meses y un día de prisión menor, al apreciar en los hechos la atenuante de arrepentimiento espontáneo en base a lo declarado por el inspector de policía. Al igual que el ministerio fiscal, pide que la indemnización a favor de los herederos de la víctima sea de dos millones de pesetas.

Finalmente, los defensores de los otros dos procesados, Baudín y Alonso Becerro de Bengoa, mantuvieron su primitiva petición de absolución, por estimar que sus defendidos no participaron en la muerte de Andrés García.

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