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El Tribunal Central de Trabajo falló a favor de los jugadores

El Tribunal Central del Trabajo ha fallado a favor de los futbolistas del Rácing de Santander, con lo que queda sin efecto la multa contra estos jugadores por la huelga del pasado día 4 de marzo. La sentencia significa que no prosperará la multa impuesta por ninguno de los clubes a sus jugadores; pues, al ser todos los casos idénticos, el Tribunal Central fallará en el mismo sentido. No habrá, pues, multa a los jugadores por la huelga.

Los futbolistas, agrupados desde hace dos años en la AFE, a la vista de la incapacidad de la Federación de normalizar su situación laboral, tuvieron que mantener una larga lucha con los presidentes de los clubes y el líder de ellos, Porta, presidente de la Federación, para conseguir unas negociaciones en las que fueran estudiados sus planteamientos laborales. Hubieron de recurrir a una huelga para conseguir que se llegara a esas negociaciones.Porta, presidente de la Federación, encarnó la fatuidad de los presidentes de club, que desestimaron la fuerza de los jugadores y pretendieron desde el primer momento ignorar sus peticiones. La situación desembocó en una huelga el pasado 4 de marzo, fecha en la que los jugadores se negaron a saltar a los terrenos de juego. Federación y clubes prolongaron su ridículo hasta el último momento, y, puesto que los jugadores habían anunciado su huelga para el domingo, el sábado les obligaron a viajar a las ciudades en que debían celebrarse los partidos, con la esperanza de que a última hora desistieran de su decisión. No fue así, y ningún jugador de Primera, Segunda o Segunda B jugó ese domingo.

La reacción de Federación y clubes fue imponer a los jugadores una sanción prevista en los reglamentos federativos para estos casos: una multa por cantidad igual al 10% de la ficha anual de cada jugador. Los futbolistas, a través de la AFE, recurrieron ante las magistraturas de Trabajo de sus respectivas provincias, la mayoría de las cuales fallaron en contra de la sanción; sólo un porcentaje mínimo se declaró incompetente ante el caso, dando por buena la sanción. La Federación y los clubes recurrieron entonces al Tribunal Central de Trabajo. El primero de esos recursos sobre el que ha fallado el citado tribunal es el concerniente a los jugadores del Rácing de Santander, y la sentencia permite adivinar que las restantes serán idénticas, por ser iguales todos los casos.

No habrá, pues, multa a los jugadores, que desde aquella huelga han conseguido que los clubes se vean obligados a pagarles puntualmente sus emolumentos -cosa que antes no siempre hacían- que se haya suavizado el derecho de retención, que se les entregue un 15% de la cantidad por la que son traspasados y que se les Incluya en la Seguridad Social. Los hechos les han dado plenamente la razón. A pesar de la obtusa oposición de la Federación que preside Porta, han conseguido normalizar su situación laboral y el Tribunal Central del Trabajo ha considerado legítima su huelga. El director general de Trabajo, Prados Terriente, que cuando los futbolistas anunciaron la huelga se aventuró a declarar a la prensa que era ilegal porque faltaban requisitos formales no ha quedado tampoco en muy buen lugar.

En cualquier caso, la mayoría de los clubes habían reconocido de hecho que la sanción era insostenible, y a la vista de las decisiones de las magistraturas de Trabajo habían ido retirándolas paulatinamente. De los clubes de Primera, sólo el Sevilla y el Atlético no han devuelto aún a los jugadores la cantidad que les fue retenida en concepto de multa. En Segunda y Segunda B, la mayor parte de los clubes habían devuelto también las cantidades a los jugadores.

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