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El Ayuntamiento pide la anulación del plan de la colonia de Maudes

El Ayuntamiento de Madrid, en la última reunión de la Comisión Permanente, el 21 de diciembre, acordó solicitar la anulación del proyecto de reparcelación de la antigua colonia de hotelitos de Maudes, delimitada por las, calles de Raimundo Fernández Villaverde, Ponzano, Maudes y Alenza. Este proyecto, que cuenta con la aprobación inicial de Coplaco, no reconoce el volumen de edificabilidad que le correspondería al Ayuntamiento por ser propietario de los siete viales -2.509 metros cuadrados, valorados en 220 millones de pesetas- de la antigua colonia.El período de información pública del plan parcial que afecta a esa manzana finalizó el pasado día 22. Hasta esa fecha, se presentaron dos alegaciones contra el plan. Una, firmada por la asociación de vecinos El Organillo de Chamberí, y la otra por la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento. En síntesis, ambas alegaciones aseguran que el proyecto de reparcelación no se ajusta a derecho y puede lesionar gravemente los intereses públicos, al no reconocer al Ayuntamiento como propietario de parte de los terrenos (un 15,27% del total).

El polígono en cuestión (16.433 metros cuadrados) era una colonia de hotelitos, en la que habitaban ayudantes de Obras Públicas, en la que el Ayuntamiento tiene la propiedad de siete calles de la extensión citada de 2.509 metros cuadrados. Esos hotelitos fueron derribados poco a poco y, con ellos, se borró el trazado de las calles. Después, la Unión de Explosivos Río Tinto, empresa propietaria de los solares, se los vendió a Raimundo Fernández Villaverde, SA, promotora del actual plan de reparcelación.

Coplaco aceptó el proyecto, sin tener en cuenta la edificabilidad que le correspondería al Ayuntamiento y consideró que los viales estaban compensados con las cesiones de terreno que debe contemplar todo plan parcial para uso común de los vecinos.

A la vista de todo esto, la alegación presentada por la Gerencia Municipal deUrbanismo denuncia defectos, tanto en la forma como en el fondo del expediente en trámite. Los puntos referidos al fondo se basan en que el promotor no representa a los dos tercios de los propietarios de los solares, tal como determina la ley del Suelo, ni tampoco posee el 80% de la superficie reparcelable.

Los defectos de contenido denunciados en la alegación aseguran que Coplaco ha aplicado la ley del Suelo de 1956 y el sistema, ya desaparecido, de cesión de viales. La postura municipal es que se aplique la ley del Suelo de 1975 y la disposición transitoria tercera de la vigente ley. La utilización de las leyes por parte de Coplaco es considerada incorrecta por la Gerencia Municipal de Urbanismo, porque solamente podría no reconocerse la propiedad sobre la superficie de los viales en caso de que se tratase de un plan parcial en curso de ejecución. Sin embargo, el Ayuntamiento, no ha acordado la ejecución de las obras, por lo cual no cabe suponerse la cesión de los terrenos de las siete calles.

Además, el Ayuntamiento considera que no puede haber un cambio de los terrenos de los viales por los terrenos de uso comun, porque, como a cualquier propietario, le corresponde una parte de edificabilidad en el plan (articulo 99 de la ley del Suelo), además de los terrenos que la promotora deberá ceder obligatoriamente.

La valoración que hace el Ayuntamiento de los terrenos que considera que le corresponden en el polígono es de 220 millones de pesetas.

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