Unos estatutos para un partido
La inminencia del congreso de Alianza Popular (AP) que se abre hoy, y la especial importancia que da a este partido el hecho de ser el único con representación parlamentaria que cubre el espacio de la derecha democrática, hacen que la opinión ciudadana esté atenta a las discusiones y decisiones que se van a celebrar hoy y mañana Entre otros, un tema fundamental va a ser objeto de análisis por el congreso: se trata del replanteamiento de las estructuras orgánicas del partido en virtud de una ponencia de reforma elaborada por el presidente de Madrid, que altera sustancialmente los términos de los estatutos aprobados por el segundo congreso nacional, a principios de 1978.Los estatutos nacidos del segundo congreso repartían los papeles del partido confiriendo la soberanía, en el espacio de tiempo entre congreso y congreso, a una asamblea con fuerte presencia provincial, y atribuyendo las funciones ejecutivas superiores a un comité designado por el propio congreso. Los órganos unipersonales del partido distribuían sus funciones. Al presidente correspondía la representación del partido y la coordinación y dirección de los órganos asamblearios, y al secretario general los poderes ejecutivos y la dirección de la oficina central. Esta división de competencias producía una situación de equilibrio, puesto que las funciones de control propias de los órganos asamblearios estaban vinculados a un órgano independiente y desvinculado de toda competencia de gestión.
La ponencia que presenta José María Ruiz Gallardón ha introducido importantes alteraciones en este esquema. El partido pasa a ser una estructura fuertemente centralizada en la persona de un presidente ejecutivo, de quien depende la coordinación de los órganos asamblearios y la dirección de la oficina central del partido. El presidente se encuentra a la cabeza de todas las funciones ejecutivas, e incluso dirige la labor del secretario general, que pasa a ser un cargo con funciones propias, pero subordinadas. El presidente establece además la prelación de rango y las competencias propias de los vicepresidentes del partido.
¿Puede Alguien calificar de no democráticas unas estructuras de estas características? Nadie con un cierto sentido de la medida arriesgaría tal conclusión. Un partido as! organizado cubre con holgura lo que podríamos llamar el mínimo democrático. Se mantiene en el mismo el principio de soberanía colectiva, manifestado por el predominio formal de los órganos colegiados o asamblearios sobre los unipersonales. La cuestión, pues, no es esta. No se trata de descalificar, sino de considerar si tal modelo de organización es el más adecuado, el más beneficioso, para un colectivo político y el de mayor calidad democrática. La de si es aconsejable optar por Aina organización que concede a la dirección central un carácter predominante y deja ampliojuego a la cooptación y la designación, o si, por el contrano, el camino adecuado es, frente a la conducción centralizada, la profundización en las reglas de la democracia interna.
No ignoro el riesgo que se corre cuando se expresan juicios sobre democracia interna, que rara vez son políticamente asépticos. Pero, frente a eventuales acusaciones y frente al pesimismo radical de quienes pretenden que todo partido es por definición una organización oligárquica, y que en todo conflicto de partido subyace una contienda entre las élites políticas por imponerse unas a otras sin consideración a las ideologías y a las doctrinas, no debemos dejar decaer la esperanza de que las actitudes críticas tenga efecto positivo en la batalla por una. mayor democracia.
Es sumamente importante que el congreso de AP acepte una parte de las enmiendas presentadas a los estatutos, o altemativamente mantenga sin cambios fundamentales los estatutos aprobados en el segundo congreso y que han dadofrutos ppsitivos. La derecha parlamentaria no tiene por qué conformarse con aceptar un nivel mediocre de democracia interna. Los partidos vierten en e1juego político general aquello que viven y llevan en su propio seno. Hay formas de organización que corresponden a concepciones carismáticas; otras, a la idea del partido como colectividad ciudadana. Estas son más estables, más fecundas y más flexibles. Ni la naturaleza ni la función de un partido pueden ser asimiladas a la de un ministerio o a la delgabinete técnico de un político.. La labor de un ministerio es de ejecución y gobierno; la de un partido, de convocatoria de los ciudadanos, de compatibilidad de las tendencias y de asunción y puesta en valor político del pensamiento del pueblo.
Cuando las funciones de los partidos son tan trascendentales que significan la casi única posibilidad práctica que tienen los ciudadanos de participar activamente en la vida política; cuando,el margen de acción concedida a la mayoría de las iniciativas no partidistas es prácticamente insignificante cuando el Estado democrático y el Parlamento democrático son a la vez un Estado de partidos y un Parlamento de partidos, vale la pena apostar por la profundización de la democracia, y no limitarse a una fórmula tolerable, pero mediocre, de organización.
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