UGT registra un bajo índice de cotización y una elevada dependencia de ayudas internacionales
El bajo índice de cotización y el alto grado de endeudamiento -hasta el extremo de hacer tener una verdadera «quiebra financiera»- de la UGT, así como su dependencia de las ayudas internacionales, son las primeras conclusiones que se obtienen del conocimiento del presupuesto de la organización confederal de la Unión General de Trabajadores para el presente año, cuyo monto asciende a 169.351.000 pesetas. Los gastos presupuestos en el mismo ejercicio, para las necesidades complementarias de las federaciones estatales de industria, fueron de 231 millones de pesetas.
Estos datos aparecen con detalle en el presupuesto para 1979, de carácter confidencial, aprobado por el comité confederal en las reuniones celebradas en Madrid los días 8 y 9 de octubre de 1978, y al que ha tenido acceso este diario.El presupuesto confederal para 1979 fue calculado a partir de una previsión de ingresos confederales por cuotas de afiliados de 129 millones. Con ello, el déficit presupuestario confederal resultaba ser de 40.35 1.000 pesetas .La previsión de ingresos confederales era calculada sobre la base de diez pesetas por sello de cotización. El déficit pensaba cubrirse «por los ingresos correspondientes a la solidaridad internacional» y también «por los préstamos que la confederación puede contratar a medio plazo».
En las observaciones al presupuesto confederal que acompañaban al conjunto del mismo se afirmaba textualmente: «La confederación ha podido hacer frente a sus obligaciones financieras en base a la ayuda internacional.» También se exponía que el cálculo de los ingresos confederales de 1979 -los citados 129 millones- se hacía en base a una previsión de pago de cuotas por parte de los afiliados, que era del 60% entre enero y mayo de 1979 y del 80% entre junio y diciembre de 1979.
Actualmente es imposible saber si dichas previsiones se han cumplido. Pero, en cambio, es posible, gracias a la documentación obtenida, fijar los grados de cotización alcanzados en ejercicios anteriores, ya que ello aparece en la documentación relativa al actual presupuesto.
«La situación», se afirmaba, «puede ser alarmante si no se cumplen las obligaciones estipuladas por los estatutos en cuanto a la recaudación normal de la cuota. En este aspecto, la realidad demuestra que existe un desfase entre las normas establecidas por el congreso estatal y las cotizaciones que se han normalizado por los congresos provinciales, regionales o de nacionalidad.»
Los documentos afirman que la celebración del 31 congreso confederal de la UGT -en Barcelona, en mayo de 1978- afectó directamente al grado de recaudación de cuotas. En efecto, «las decisiones que se aprobaron por el comité federal en cuanto a la representación al congreso de Barcelona motivaron un incremento importante en la recaudación de las cuotas. Después de la celebración del congreso ha habido una disminución considerable. Las organizaciones a nivel provincial han incrementado sus deudas con las entidades bancarias para estar representadas en el congreso ».
A continuación de estas afirmaciones -es decir, del reconocimiento de la subida de cotizaciones reales que hubo en mayo de 1978, motivada por el congreso del mismo mes- los documentos detallan las cuotas recibidas por la administración confederal, precisamente en los meses de mayo, junio, julio y agosto de 1978. En mayo de 1978 (mes del congreso) fueron 8.178.590 pesetas. En junio de 1978, 4.775. 100 pesetas. En julio de 1978, 1.402.000 pesetas. En agosto de 1978, 1.980.000 pesetas. Es decir, en estos cuatro meses -uno de ellos favorecido por la celebración del congreso-, la organización confederal sólo recibió 16.335.690 pesetas por la parte de las cuotas que le corresponde.
Acto seguido, los mismos documentos precisan que «teóricamente, y en base a un millón y medio de cotizantes, la recaudación (confederal) debía ser de 120 millones». Para llegar a esta conclusión, el documento toma como base que correspondían a la organización confederal veinte pesetas del total de la cotización mensual de cada afiliado.
A partir de ello es fácil calcular, sin el más mínimo error, cuántos fueron los afiliados que realmente llegaron a cotizar a nivel confederal o bien cuántas cotizaciones alcanzaron su destino a nivel confederal. Lo cual puede no ser exactamente lo mismo, habida cuenta que, como se vio, «las organizaciones a nivel provincial han acrecentado sus deudas con las entidades bancarias para estar representadas en el congreso» (de mayo de 1978, el último confederal ordinario de la UGT).
Dividiendo por veinte las percepciones confederales de los cuatro meses expuestos en el informe, resulta que, siempre a nivel confederal, en mayo de 1978 cotizaron tan sólo 408.929 afiliados; en junio de 1978, 238.775; en julio de 1978, 70.100, y en agosto de 1978, 99.000 afiliados.
De ser cierto el número de un millón y medio de afiliados que entonces se tomaba en el documento interno como base para el cálculo, resulta que en sólo cuatro meses las organizaciones de base o las intermedias dejaron de pagar a la organización confederal unos 104 millones de pesetas. La incógnita de imposible despeje es saber si las organizaciones de base cobraron realmente y no canalizaron las veinte pesetas a la organización confederal o bien simplemente no cobraron. O bien, incluso, pagaron a nivel confederal sin haberlas percibido de su militancia gracias a las reconocidas «deudas bancarias» para «estar representadas en el congreso». Otra incógnita de orden distinto es saber si la militancia se cifra en el millón y medio, que incluso a nivel interno se tomaba entonces como dato auténtico.
Para el cálculo de los antes mencionados 129 millones de ingresos que se establecen en el presupuesto para 1979 se toma como base una afiliación «superior a dos millones de afiliados» -octubre de 1978- y una cotización prevista, como dijimos, de un 60% entre enero y mayo (lo cual representaría en el conjunto de esos meses unos ingresos para la confederación de 45 millones) y de un 80% entre junio y diciembre de 1979 (lo que implicaría unos ingresos confederales de 84 millones).
El propio presupuesto reitera la afirmación, antes indicada, de la baja cotización confederal en los anteriores ejercicios. Así, en el epígrafe «deudas de 1977» se sostiene:
«Pago del saldo de las cotizaciones de 1977 a largo plazo. Teniendo en cuenta que la recaudación de las cuotas se sitúa en muchas uniones provinciales aproximadamente al 30% se establece una carencia en la amortización de la deuda. El plazo del pago se fija en cinco años. Las primeras amortizaciones intervendrían a partir de 1979. »
Para las cuotas impagadas a nivel confederal en 1978 se afirma: «Obligación de todos los organismos de la Unión que reciben sellos de proceder al pago de los mismos en un período máximo de un mes. Obligación de cancelar las deudas referentes a las cotizaciones de 1978 en el plazo máximo del primer semestre de 1979. »
Los ingresos por cuotas destinados a la organización confederal -que son los únicos contemplados por el presupuesto aquí detallado- se cifraron en los cálculos presupuestados para 1979, en veinte pesetas por militante, lo cual sería correcto si todos los militantes pagasen sólo cien pesetas mensuales, ya que es el 20% de la cuota el destinado a la confederación. Pero los propios documentos presupuestarios afirman que el último congreso confederal de la UGT estableció una cuota de cien pesetas para los trabajadores con salario mensual real inferior a las 20.000 pesetas y un complemento de cincuenta pesetas por cada fracción de 10.000 pesetas mensuales. A continuación mismo de esta afirmación, los documentos agregan que para ingresos superiores a las 20.000 pesetas mensuales hay otra cuota fija «de distintos importes según las regiones».
Pese a ello, un portavoz de la sede central de la UGT manifestó a esta redacción que actualmente sólo cotizan cien pesetas quienes perciben el salario mínimo o son trabajadores emigrados y que por encima de dicha cantidad (25.000 pesetas mensuales) se paga el 0,6% del sueldo real.
No obstante, un miembro del secretariado nacional de Cataluña de la UGT manifestó oficialmente a este diario que en Cataluña se pagan 150 pesetas mensuales por parte de quienes perciben un sueldo de hasta 30.000 pesetas. Los beneficiarios de sueldos superiores pagan doscientas pesetas, sea cual sea el sueldo total real.
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