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Juicio sobre aplicación de ordenanzas laborales en el INAS

Hoy se pronunciará la Magistratura de Trabajo en base a una demanda presentada por los educadores del centro especial Psicopedagógico Barajas, sobre la interpretación de las ordenanzas laborales aplicables a los veintidós centros que el Instituto Nacional de Asistencia Social (INAS) tiene en España de cara a sus retribuciones.Los demandantes reclaman que se les abone la diferencia entre las cantidades fijadas por la ordenanza de Trabajo de 18 de junio de 1977, relativa a trabajadores en centros de asistencia a deficientes mentales y minusválidos físicos, y las percibidas según la ordenanza del Instituto Nacional de Asistencia Social de 26 de noviembre de 1974.

Los demandantes, según informan sus abogados, cobraron en los meses trabajados de 1977, sin contar las deducciones legales, 15.000 pesetas mensuales. Para 1978 el incremento no llegó a suponerles las 16.000 pesetas, y en el mes de abril último su sueldo fue de 18.000 pesetas, siempre sin contar las deducciones oportunas.

Las reivindicaciones que hoy se ven en Magistratura, aunque el recurso se plantea por estrictos motivos salariales, constituyen sólo una parte de las aspiraciones de este personal: unificación de las condiciones económicas, laborales y sociales para todos los trabajadores; dotar a los centros de instalaciones más congruentes, teniendo en cuenta la labor a la que están destinadas.

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