Magistratura trató ayer las primeras demandas de jugadores del Atlético y Rayo
La Magistratura de Trabajo número 1 de Madrid trató ayer las demandas presentadas por nueve jugadores del Rayo y seis del Atlético, por las sanciones impuestas por sus respectivos clubs con motivo de la huelga del 4 de marzo. Los abogados federativos Jesús Samper y Jesús Ortega solicitaron la excepción de incompetencia por razón de materia, y la ilegalidad de la huelga por faltar algunos requisitos formales. José Cabrera Bazán, catedrático de Derecho del Trabajo de Málaga, y Luis Enrique, de la Villa, catedrático de la misma especialidad en la Autónoma de Madrid, que defendieron a los jugadores, rechazaron esa excepción, afirmaron la legalidad de la huelga y, por último, la improcedencia de las sanciones.
Ante el magistrado Luis Gil Suárez fueron tratadas en primer lugar las demandas de nueve jugadores rayistas, concretamente las de Pascual, Alcázar, Luna, Anero, Salazar, Puig-Solsona, Marlan, Pozo y Clares. Cabrera Bazán y Luis Enrique de la Villa defendieron a los jugadores, y Jesús Samper, al club. Después de perderse unos minutos al señalar Samper que faltaba una firma -la de Salazar- en la demanda, «defecto subsanable», según señaló el magistrado, si el club finalmente no lo considerara como obstáculo para la celebración de la vista, Cabrera Bazán explicó las razones que empujaron a los futbolistas a la huelga. «Los hechos se remontan -dijo- a casi un año y tienen su explicación en las reivindicaciones mantenidas por los jugadores con sus empresas. La gota de agua que colmó el vaso de su paciencia, suficientemente demostrada, llegó con la celebración de una asamblea de clubs, donde se aprobaron unas normas, las del "amateur compensado", que afectaban claramente al colectivo de los profesionales del fútbol».A continuación, el letrado del club, Samper, solicitó primeramente en su exposición la excepción de incompetencia de la Magistratura, basándose en la relación especial que regula la actividad futbolística. «No pueden aplicarse unas normas laborales hasta que el Gobierno no dicte una reglamentación válida oficialmente. Los jugadores incumplieron una norma deportiva, y la ley de Educación Física del año 1961 reconoce el carácter exclusivo a las federaciones para tratar esta materia disciplinaria. Además, y entrando en el fondo del tema, ésta -la huelga- no fue legal. No se cumplieron una serie de requisitos establecidos, como el acuerdo en cada centro de trabajo, según notificó en su momento la Dirección General de Trabajo, así como tampoco se cumplieron los cinco días previstos para notificar la decisión a los clubs, en este caso.» Samper volvió a utilizar -esta vez muy de pasada- la resolución del Supremo en el caso Cruyff, y terminó aludiendo al contrato de trabajo que suscriben voluntariamente club y jugador, por el que éste se somete únicamente al Reglamento de Jugadores.
La intervención posterior de Luis Enrique de la Villa fue amplia, detallada y, con abundantes citas de sentencias anteriores, que «debieran sentar jurisprudencia», especialmente una del Supremo del año 1975, en el caso del jugador del Ensidesa Morilla. El propio Samper, en sus conclusiones, señalaría irónicamente la «brillante lección de Derecho del Trabajo de su compañero». De la Villa explicó que «en algunas sentencias ya se dice, incluso, que el Reglamento de Jugadores no es ni ley ni siquiera reglamento. Por lo que respecta a la ley de Educación Física, son unas normas válidas en la medida que se mantengan dentro de su conducta deportiva, que en ningún momento pueden derogar normas imperativas de superior rango. El caso Cruyff, aludido por la parte demandada, entra dentro de lo que puede y debe llamarse reglas de juego, que en materia disciplinaria corresponde sancionar al Comité de Competición. Y eso es lo que hizo y se acepta. Pero no tiene nada que ver con la materia que se trata.
Tras unos minutos de descanso, y en términos similares, comenzó la vista de seis jugadores del Atlético: Herencia, Aguilar, Eusebio, Robi, Ayala y Ruiz. Jesús Ortega defendió ahora al club e hizo especial hincapié en la ilegalidad de la huelga y en que sólo existen las normas federativas para sancionar, teoría que contrarrestó De la Villa aduciendo que ese Reglamento de Jugadores colisiona con los derechos necesarios absolutos. «Que no exista aún una reglamentación que regule la relación especial que estamos tratando es lamentable, pero de esto no va a culparse a los futbolistas.» Por último, Cabrera afirmó con rotundidad: «La actual reglamentación del mundo del fútbol es absurda y pide a gritos un cambio. No es culpa de los futbolistas que no tengan todavía una ordenanza laboral, que les está siendo rechazada por los organismos públicos. Los futbolistas han intentado negociar con los clubs un convenio colectivo a través de la AFE y han sido burlados, vejados, ante situaciones que se caen por su propio peso. Incluso desde la Dirección General de Trabajo se les intentó coaccionar para que no se llevara a cabo la huelga.»
Improcedentes las sanciones del Valladolid
El magistrado Enrique Mínguez declaró ayer la competencia de Magistratura y la improcedencia de las sanciones impuestas a los jugadores del Valladolid, según informa nuestro corresponsal Luis Miguel de Dios. Sin embargo, declaró ilegal la huelga por no cumplir algunos requisitos, pero, termina, autoriza al club a sancionar a los jugadores con una peseta por falta leve, y ello en base al propio Reglamento de Jugadores.
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