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La reglamentación del taxi propicia la desaparición del gran turismo

La tendencia a la desaparición de los grandes turismos, la posible homologación y unificación del prototipo de vehículo y la autorización de publicidad interior en los taxis son algunas de las novedades más importantes que se introducen en la nueva reglamentación nacional del taxi, informa la agencia Efe.El anteproyecto de reglamentación fue aprobado, en líneas generales, por las centrales sindicales, la Federación de Autónomos y la patronal, en reuniones celebradas en el Ministerio del Interior, aunque cada uno de ellos mantiene posturas peculiares en algunos artículos concretos.

Entre las novedades que introduce el anteproyecto que la Dirección General de Administración Local elevará al Ministerio del Interior y éste al Consejo de Ministros, se contempla la intervención de los usuarios y consumidores en la concesión de licencias, la plena y exclusiva dedicación del trabajador del taxi y la lucha contra el intrusismo.

El anteproyecto consta de tres capítulos, 54 artículos, tres disposiciones adicionales, tres transitorias y una final.

En su artículo 2, el anteproyecto fija el establecimiento de los servicios bajo tres modalidades: autotaxis, autoturismos y servicios especiales o de abono. La primera de las modalidades, autotaxis, se refiere a los servicios medidos por contador y prestados habitualmente en suelo urbano o urbanizable. La segunda, autoturismos, se refiere a los servicios prestados dentro o fuera de los núcleos urba-abono se centran en contratas para mente, los servicios especiales o de abono se central en contratas para ceremonias o de uso continuado en régimen de abono, «diferentes de los anteriores por su mayor lujo, capacidad, dedicación o potencia». El anteproyecto añade que «no se podrán crear ni conceder licencias de autoturismos cuando existan en la misma población licencias de autotaxis».

«El número de licencias -se dice en el artículo 11- vendrá determinado por la necesidad y conveniencia del servicio a prestar al público, acreditadas en base a los informes solicitados por el ente adjudicatario a las centrales sindicales y asociaciones profesionales y representativas del sector, y por las asociaciones de consumidores usuarios.»

Podrán solicitar licencias de auiotaxi -según el artículo 12- los conductores asalariados que vengan prestando servicio en este ramo o en el de autoturismo a dedicación plena y exclusiva; los titulares de una sola licencia de autoturismo que se extinguirá con su canje por una licencia de autotaxi, y finalmente las personas naturales o jurídicas que las obtengan mediante concurso en función del mejoramiento del servicio. Las entidades locales, a la hora de adjudicar las licencias (artículo 15), tendrán en cuenta el orden anterior en cuanto a prioridades para su concesión.

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