Qué queda cuando se calumnia
Los tribunales que «juzgaban» a los sospechosos de haber defendido la República durante la guerra civil o de haber colaborado en cualquier medida con ella, las comisiones de «depuración» de la mitad de los españoles desde 1939, introdujeron una modificación esencial en los procedimientos de prueba, que eran válidos desde hacía un par de milenios, tanto lógica como jurídicamente. Es principio universalmente admitido que la obligación de probar, el onus probandi, corresponde al que afirma. Entre otras razones, porque lo contrario es casi siempre imposible. Si se acusaba a alguien de haber matado a una vieja en Cuenca o haber incendiado una iglesia en Alicante o silbar la Internacional o el Himno de Riego al bajar la escalera, nadie se molestaba en probarlo, sino que era el acusado el que tenía que probar que no había hecho tales cosas: ¿Cómo hacerlo? Piense el lector si podría hacerlo ahora mismo.Pues bien, el mismo espíritu, en materias por ahora menos graves, está apareciendo entre nosotros. La misma perversión de los principios lógicos y jurídicos se está abriendo paso, en medio de una general indiferencia. Es raro el día que no encontramos un ejemplo -o varios- de la vieja actitud de 1939, trasladada a otros campos y otros actores.
La denuncia sin pruebas, la calumnia pura y simple, la insinuación que produce los mismos efectos sociales, están empezando a provocar un clima de inquietud y malestar en unos, de irritación en otros, de repugnancia y desaliento en los más. Empieza a haber «profesionales» de la delación y la imputación, emboscados de diversas maneras, en el anónimo, el seudónimo o el grupo poderoso. La táctica es siempre la misma: se lanza la acusación -a veces la mera insinuación vaga e inconcreta- y se «espera» que el injuriado se movilice para probar que es falsa. Lo cual, repito, casi nunca es posible; pero aunque lo fuera, pondría sobre el inculpado una carga que en modo alguno le corresponde, sino al que afirma, al que lanza la acusación.
Se hacen «pliegos de cargos» contra personas honorables, solventes, capaces, prestigiosas. Estas personas, por exceso de buena fe, por debilidad, por deferencia al público, «entran en el juego» y desmienten con pruebas fehacientes algunas acusaciones. No importa: los acusadores «olvidan» -o ni siquiera- las acusaciones desmentidas y repiten impertérritos las demás. O bien se lanza la especie de que unas cuantas personas perciben sueldos como «asesores» de la televisión; estas personas no han cobrado nunca un céntimo, ni han tenido ni tienen tal función; pero los que lo afirman no se consideran obligados a probarlo, ni a rectificar cuando es desmentido, ni a dar explicaciones, ni mucho menos a indemnizar por los daños causados.
Se dirá que ahora hay libertad de prensa y tribunales de justicia. Es cierto. Pero hay que añadir algunas precisiones no muy alegres. No siempre los periódicos publican las rectificaciones; a veces las convierten en «comentarios», con cierto horror a la información que los aqueja, escamotean el texto, omiten total o parcialmente las firmas, etcétera. En todo caso, obligan a los acusados a un penoso esfuerzo, con molestias y pérdida de tiempo, sin necesidad.
En cuanto a la justicia, es excesivamente lenta. Injurias o calumnias lanzadas en el mes de septiembre, por ejemplo, a pesar de haberse iniciado una querella entonces, no han dado ningún resultado legal a fines de febrero, y parece que los acusadores se burlan un poco del celo de la autoridad judicial. En todo caso, en asuntos de este tipo, la lentitud de la justicia equivale a su ineficacia, porque los efectos sociales de la difamación se ejercen sobre la sociedad durante meses -o años- y, aun suponiendo que en su día hubiese una resolución favorable al injustamente acusado, ya no tendría ningún beneficio para él, pues el asunto estaría olvidado. Más aún: sería más bien perjudicial, pues removería la atención pública sobre acusaciones ya relegadas al olvido, que volverían a lanzar su sombra sobre el buen nombre de la persona afectada. En asuntos de difamación, las resoluciones judiciales, si no son prontas, militan a favor del difamador.
Por si esto fuera poco, oigo decir con frecuencia a algunos abogados que, aun tratándose de calumnias, es mejor querellarse ,únicamente por injuria, ya que «es muy difícil probar el carácter calumnioso de la imputación». Es decir, su falsedad. Pero, naturalmente, esto muestra hasta qué profundidad ha calado la perversión de que estoy hablando: se supone -suponen los abogados del inocente- que son ellos los que tienen que probar su inocencia, y no que el acusador tiene que probar su culpa. No cabe mayor inversión de los papeles.
Las dificultades suben de punto si estos fenómenos se dan dentro de las Cámaras, porque entonces la «inmunidad parlamentaria» protege como una coraza impenetrable al que lanza acusaciones que no se prueban.
No es menester subrayar la gravedad que todo esto envuelve. Los que no tienen escrúpulos poseen armas que están vedadas a las personas decentes, y éstas se encuentran desasistidas. El público no competente, mal informado, se queda con una vaga impresión de «corrupción» que le provoca una náusea generalizada, un desencanto del régimen libre y democrático- que es probablemente lo que se busca-. Los que son tímidos caen en un estado de desánimo e inhibición, y pronto quedan fuera de combate. El malestar puede llegar a ser tan grande que se desee ponerle término «de cualquier manera», por ejemplo, mediante una colosal mordaza que deje la difamación en las manos de los que ejerzan el Poder, sin compartirla con nadie más. Todos los que aspiran a esas formas de poder se frotan las manos, pensando que su hora puede acercarse.
¿Hay alguna solución? Creo que sí, que hay varias que se completan. Ninguna es fácil; todas requieren claridad de cabeza, alguna decisión y algunos esfuerzos. Es menester, sobre todo, negar el supuesto vicioso: hay que pedir pruebas al que afirma, y no escucharlo mientras no las presente, no pedir al acusado lo que hay que pedir al acusador.
Hay que procurar que la justicia opere con la rapidez que es condición de su eficacia, de su existencia; mostrar que un fallo demorado es un fallo negado a la parte agredida. Al que obstruye con su coche una salida no se le hacen vagos argumentos dos o tres veces después, sino que se le quita el vehículo de donde estorba, en aquel mismo momento. Y, por supuesto, si alguien se querella por haber sido calumniado, no es él quien tiene que probar que se trata de una calumnia, sino el acusador el que tendría que demostrar la verdad de su imputación.
Pero las enfermedades sociales han de tener principalmente un tratamiento social. Es la reacción de la sociedad misma la que puede curarlas. La repulsa social al calumniador -y es calumniador todo el que no prueba sus imputaciones- debería, podría ser fulminante y eficaz. La condenación moral, la descalificación, el desprecio de los lectores, colegas, miembros de la asociación, partido, Cámara, y sobre todo de la opinión pública, deberían ser instantáneos y enérgicos, proporcionados a la gravedad de las imputaciones no sustentadas con pruebas. Bastaría para ello que los españoles -y en especial los que quieren vivir en régimen de libertad- viesen a los calumniadores como agresores de la sociedad misma, como agentes de una grave enfermedad -contagiosa-, capaz de postrar a un cuerpo social que se esfuerza heroicamente por recobrar -sin cirugía- la salud tanto tiempo perdida.
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