Fallo contra el Sindicato Judicial de Cataluña
La demanda del ministerio fiscal contra la constitución del Sindicato de la Administración de Justicia de Cataluña (SAJC) ha sido estimada por el Juzgado de Primera Instancia número 3, de Madrid. Dicho Juzgado ha considerado, de acuerdo con la tesis del fiscal, que el SAJC no está constituido conforme a derecho, ya que todas las normas legales existentes impiden la sindicación de los funcionarios judiciales.La sentencia argumenta que existe una clara distinción en la normativa legal entre funcionarios de la Administración Civil del Estado y los de la Administración de Justicia, que impide que los derechos de sindicación reconocidos a los primeros puedan extenderse también a los segundos. A este respecto, la sentencia precisa que la ley de 18 de marzo de 1966 sobre los funcionarios de la Administración de Justicia prohíbe la sindicación de estos funcionarios. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 es recurrible ante la Audiencia Territorial de Madrid y el Tribunal Supremo.
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