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Primer paso para la efectiva participación electoral de los emigrantes

Los emigrantes españoles, que sólo en Europa deben rondar actualmente la cifra de millón y medio, tras haber iniciado paulatinamente una parte de ellos su retorno a España a raíz de la crisis general económica que sufrieron los países europeos en los años 1974-75, podrán inscribirse en un censo electoral especial, según ha dispuesto un real decreto de la Presidencia del Gobierno publicado en el Boletín Oficial del Estado con fecha de ayer. La publicación de este real decreto ha sido bien acogida por el Partido Socialista Obrero Español y por el Partido Comunista de España, los partidos más implantados en la emigración, aunque, a su juicio, debe ser completado con un sistema de voto por correo, si se quiere que los emigrantes participen efectivamente, sin tener que superar dificultades casi insuperables, en la vida política española.La formación de «un censo electoral especial de residentes españoles emigrados en el extranjero» responde, según el preámbulo del real decreto, «al deseo constante del Gobierno de conseguir una participación lo más completa posible de todos los españoles en las actividades políticas de la nación, y muy principalmente en aquellas en las que han de manifestar su opinión mediante votaciones y elecciones legalmente establecidas».

El censo especial, cuya realización corre a cargo del Instituto Nacional de Estadística, afecta a todos los españoles, mayores de diecisiete años, que residan habitualmente en el extranjero, quienes «podrán censarse en el último municipio de su residencia en España o en el municipio de su nacimiento, a través del consulado español en cuya demarcación residan, y refiriendo todos los datos a 31 de diciembre de 1977». En lo que se refiere a los españoles nacidos en el extranjero que nunca hayan residido en España (caso de muchos hijos de emigrantes), el real decreto prevé que «se censarán en el municipio de la última residencia de sus padres, o en el del nacimiento de éstos o de sus ascendientes directos». La inscripción, cuyo plazo finalizará el día 15 de febrero próximo, se hará mediante la remisión por correo de una hoja confeccionada a este efecto, que también inserta el BOE de ayer, y de la fotocopia de las tres primeras páginas del pasaporte, del certificado de nacionalidad o de cualquier otro documento acreditativo de la identidad del emigrante, extendido por autoridades españolas.

Paso importante

Con la publicación de este real decreto se da un paso importante en el reconocimiento del derecho de los emigrantes españoles a participar en la vida política, a todos los niveles, de su país. Desde que se inició hace dos años el proceso democrático español, los emigrantes, a través de sus organizaciones o mediante los partidos políticos con implantación en los medios de la emigración, han venido solicitando reiteradamente del Gobierno la aprobación de un plan especial electoral que contemple como caso aparte al emigrante. La elaboración de un buen censo constituiría, a su juicio, la base imprescindible que hiciera efectivamente posible la inserción del emigrante en el desarrollo de la vida política, sobre todo, en los momentos clave de las elecciones.El problema del voto es uno de los más profundamente sentidos por los emigrantes. Por ello se comprende las reiteradas protestas de las organizaciones de emigrantes y de los partidos de izquierda en los últimos dos años, en los que el voto emigrante apenas existió en las consultas populares (referéndum del 15 de diciembre de 1976 y elecciones generales del 15 de junio de 1977), que han dado paso en España al advenimiento de un régimen democrático. En las elecciones del 15 de junio, sólo un 15%, más o menos, de los emigrantes españoles en Europa pudo inscribirse en el censo electoral y menos de un 2% pudo ejercitar su derecho al voto.

Esta marginación de la emigración española respecto a la marcha política de su país ha sido denunciada en repetidas ocasiones por el Partido Socialista Obrero Español y por el Partido Comunista de España, que son los partidos que cuentan con afiliados y tienen implantación entre los emigrantes.

En medios de estos partidos se ha valorado positivamente el real decreto de la Presidencia del Gobierno, aunque, a su juicio, debe ser completado con un sistema de voto por correo de una hoja confeccioemigrante no se vea obligado a realizar un largo viaje para cumplir su deber electoral, posibilidad, por otra parte, prohibida en algunos países como Suiza, que impide la participación electoral de sus residentes emigrantes.

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