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Los promotores de estaciones de esquí demandan una nueva normativa legal

El cierre de la estación invernal de Superespot, producido hace unos días a causa de dificultades que, en opinión de los responsables de esta estación invernal, se derivan de «falta de colaboración por parte de los organismos oficiales», constituye la señal de aviso de la delicada situación por la que atraviesan gran parte de estas instalaciones turístico- deportivas. Esta situación es más grave si se piensa que España, segundo país más montañoso de Europa, está aún en los primeros escalones del desarrollo del deporte de la nieve, especialmente si se compara su situación con países como Francia, Austria o Suiza, de gran tradición en este deporte, y cuyas cifras de instalaciones deportivo- turísticas están a gran distancia de las que actualmente ofrece nuestro país.

Y no es únicamente Superespot la que tiene problemas, aunque en esta estación del Pirineo leridano hayan sido tan graves que han determinado su cierre. Portainé, a la que no se conceden permisos para instalar un remonte; Bohy-Tahull, que espera impaciente una nueva ordenación territorial; Baqueira Beret, Sierra Nevada -que ha desechado la idea de ampliar sus instalaciones debido a un sinfín de problemas-, y otras muchas estaciones invernales tienen o han tenido dificultades tanto en su puesta en marcha como cuando han querido ampliar sus instalaciones en vista de la creciente demanda que el turismo de nieve ha experimentado en España en los últimos años.El problema se centra, en opinión de los empresarios de estaciones invernales, agrupados en la Asociación Turística de Empresarios de Esquí y Montaña (Atudem), en la falta de criterios uniformes por parte de la Administración pública para la autorización de puesta en marcha y ampliación de instalaciones de las estaciones de invierno. Criterios de orden ecológico, de conservación de la naturaleza, turísticos y deportivos se entrecruzan e impiden una acción unidireccional que tanto favorecería la expansión de esta industria en España.

El organismo encargado de autorizar la ocupación de terrenos para la instalación de una estación invernal, con todo lo que ello comporta de infraestructura, es el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (Icona), dependiente del Ministerio de Agricultura. Los empresarios de estaciones invernales afirman que la aplicación de la ley de Montes para la regulación de este tipo de instalaciones es inadecuada, ya que, en su opinión, es una ley que sólo contempla el problema desde un punto de vista, por supuesto necesario, pero que no integra las múltiples peculiaridades que el montaje de una estación invernal comporta. En esta línea demandan una normativa legal clara y comprensiva de las actuales necesidades de la industria para la que trabajan. Por otra parte, la instalación de remontes, imprescindibles para la práctica del esquí alpino y necesarios para el óptimo aprovechamiento de una estación de invierno, se rige por la ley de Teleférico de 1964, que ha quedado asimismo desfasada en varias de sus regulaciones, especialmente en la que se refiere a los cánones permisibles de subida de cuotas.

Armonizar todos los intereses

En opinión de los empresarios del sector, es factible armonizar los intereses de todas las entidades implicadas en esta cuestión, para lo cual ya se han comenzado a dar los primeros pasos, que anuncian un futuro más prometedor. En efecto, por parte de la Secretaría de Estado para el Turismo se está elaborando un estudio del posible mercado del sector. Por otra parte, Icona ha encargado un estudio de diferentes zonas de España -Pirineos, Gredos- con el fin de determinar qué zonas son las idóneas para la instalación de estaciones invernales y en función de ello delimitar los requisitos que hayan de cumplirse en cada una de ellas. En este sentido los empresarios agrupados en Atudem desean colaborar con su aportación en la elaboración de estos estudios y opinan que los técnicos del deporte del esquí deben asimismo colaborar con sus iniciativas e ideas al respecto.Con la puesta a punto de una normativa clara y precisa muchos de los problemas que actualmente atenazan el desarrollo de las estaciones invernales españolas desaparecerían y se podrían armonizar zar los intereses en juego. Unas normas que contemplen la situación desde una perspectiva amplia podrían favorecer decisivamente el desarrollo de este importante sector turístico- deportivo.

Esta puesta al día de la normativa vigente se hace más necesaria aún si se tiene en cuenta que España, segundo país más montañoso de Europa, cuenta en la actualidad con veintiocho estaciones de esquí, en tanto que Austria tiene 430; Suiza, 250, y Francia, 205. En cuanto a medios de remontes, España tiene 181, por 2.526 Austria, 1.300 Suiza y 1.256 Francia. Estos datos revelan hasta qué punto España tiene ante sí un porvenir amplísimo tanto en la construcción de nuevas estaciones como en la ampliación de las ya existentes.

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