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Los sindicatos judiciales no serán meramente corporativos

La comisión gestora del Sindicato de Administración de Justicia de Cataluña (SAJC) ha precisado, mediante un comunicado alusivo a informaciones aparecidas con relación a la reciente reunión de Justicia Democrática (JD), que su sindicato «tiene una finalidad y características que desbordan el mero campo profesional y reivindicativo».Al respecto, los dirigentes de SAJC citan dos puntos de sus estatutos en los que se alude a la defensa de los principios democráticos contenidos en la Constitución y en la defensa y promoción de los derechos humanos, al tiempo que entre los fines propios del SAJC figuran, además de los sindicales los de defensa de la independencia de los órganos judiciales, perfeccionamiento de su servicio y demandas de reformas legales precisas en cuanto a la organización judicial.

Algunas informaciones periodísticas habrían limitado erróneamente el ámbito y las finalidades del SAJC al terreno meramente corporativo. Como es bien sabido, no todas las plataformas territoriales de JD participan en los procesos de constitución de sindicatos de personal de la Administración de Justicia, en curso en determinadas zonas de España, y en los cuales hay una participación de los militantes de JD de aquellas áreas.

Por otro lado, diversas fuentes judiciales señalaron que los diversos procesos de constitución de sindicatos son totalmente independientes entre sí.

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