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Rechazada la Asociación Democrática de la Mujer

Igualmente, el alto Tribunal ha comunicado a la Asociación Democrática de la Mujer que en sus antecedentes y fines se deduce la existencia de razones bastantes para presumir ilicitud penal por vulnerarse cuanto se dispone en los artículos 172 y demás del Código Penal. Por su parte, la ADM ha manifestado su profunda extrañeza ante la alegación del Tribunal Supremo y ante el hecho mismo de que sus estatutos hayan sido remitidos a éste.

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