Televisión limita la publicidad de bebidas alcohólicas
La Comisión de Consulta y Vigilancia de Publicidad de Televisión Española ha establecido una nueva normativa más precisa sobre la admisión y exhibición de anuncios de bebidas alcohólicas en TVE, por lo que se pretende hacer disminuir algunos efectos perniciosos que pueda causar el consumo de bebidas alcohólicas en el telespectador español.En la nueva normativa se tienen en cuenta los siguientes principios: la publicidad de bebidas alcohólicas no incitará a su consumo abusivo; no se aludirá a supuestos efectos beneficiosos de las bebidas alcohólicas para la salud; los anuncios evitarán toda argumentación que presente las bebidas alcohólicas como medio estimulante para tener éxito o prestigio social; no deberán sugerir que beber es propio de héroes o mitos convencionales o figuras populares, ni apelar al orgullo o a la hombría, ni presentar esos héroes o figuras vinculadas al consumo de bebidas.
Bajando a normas más concretas, la Comisión de Consulta y Vigilancia establece que los anuncios de bebidas alcohólicas no podrán representar o desarrollarse en ámbitos deportivos, de trabajo, u otros con intervención de personajes reales o ficticios relacionados con tales actividades; se evitará también la inducción a la bebida a los conductores, a quienes no se les representará bebiendo ni se asociará el hecho de beber con la acción de conducir. Por otra parte la publicidad de bebidas alcohólicas no podrá emitirse inmediatamente antes, durante o inmediatamente después de los espacios o programas especialmente dedicados a los niños y jóvenes.
Finalmente la Comisión establece que a partir del 1 de enero de 1977 se hará constar en todos los anuncios de bebidas alcohólicas la graduación que contiene la bebida anunciada. Esta mención deberá ser claramente visible para el espectador.
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